Capítulo III

Desarrollo de las normas de valoración de los activos y pasivos financieros (excluidos los relativos al tráfico mercantil)

María José Peset González

Introducción

En este capítulo continuamos con la segunda parte del PGC, sobre normas de registro y valoración. Concretamente, nos vamos a dedicar a la norma de valoración núm. 9, sobre instrumentos financieros.

Esta norma es una de las más complejas y extensas, y ello es debido al auge de los instrumentos financieros en la actividad empresarial, así como al aumento de la complejidad de este tipo de recursos. El PGC ha querido, como en el resto de las normas, unificar criterios con las vigentes normas internacionales de contabilidad (NIC/NIIF) y, en ese sentido, esta norma núm. 9 sigue la línea de los criterios marcados por las dos NIC dedicadas a instrumentos financieros:

La primera parte de este capítulo está dedicada a una visión general de los diferentes instrumentos financieros (activos, pasivos e instrumentos de patrimonio): qué son, para qué sirven y de qué clases hay.

Pasaremos a continuación a realizar un primer análisis global de la norma núm. 9 en su conjunto. No vamos a ver en este capítulo la totalidad de esta norma, y ello es debido a dos motivos:

Por tanto, en este capítulo nos vamos a centrar en los activos y pasivos financieros no relacionados con la actividad mercantil.

Empezaremos por los pasivos financieros, analizando tres tipos de formas de financiación de las empresas con recursos que hay que devolver: los préstamos de entidades de crédito, la emisión de deuda, otras deudas no comerciales, como son las contraídas con proveedores de inmovilizado.

Continuaremos con los activos financieros, para lo cual nos centraremos en las denominadas inversiones financieras en valores negociables y veremos inversiones en valores negociables de renta fija y valores negociables de renta variable.

Tanto para activos como para pasivos desarrollaremos un hilo conductor común:

1. Introducción a los instrumentos financieros

Las empresas necesitan obtener fondos para su financiación, y para ello pueden utilizar diferentes medios: pedir dinero prestado, aplazar los pagos pendientes, buscar socios, etc. Por otra parte, las empresas pueden poseer recursos financieros que desean invertir para obtener una rentabilidad mediante la adquisición de acciones, de deuda emitida, etc. Es decir, existe una serie de recursos no reales que pueden tomar la forma de títulos valores (acciones, obligaciones, bonos, etc.) o contratos mercantiles (préstamos, aplazamientos en el pago, etc.) y que, mientras que para una empresa van a suponer una fuente de financiación (pasivos financieros), para otra van a representar una inversión (activos financieros).

Estos recursos se conocen como instrumentos financieros y presentan una primera característica fundamental: mientras que para una empresa son pasivos financieros (recursos obtenidos para financiar inversiones en activos), para otra empresa deben suponer necesariamente activos financieros (inversión realizada).

Los instrumentos financieros son muy numerosos y, además, la creciente complejidad de los mercados financieros hace que puedan presentar una múltiple variedad de tipologías. Para realizar una primera aproximación a los diferentes instrumentos financieros, pueden utilizarse distintos criterios, todos ellos válidos en función del objetivo perseguido. Así, podemos distinguir entre:

1) Instrumentos que proporcionan propiedad e instrumentos que prestan dinero. Cuando una sociedad anónima emite una acción, proporciona al inversor que la adquiere la cualidad de propietario, mientras que si lo que hace es emitir un bono, el adquirente se convierte en acreedor, puesto que la sociedad emisora debe devolverle el dinero prestado en las condiciones acordadas.

2) Instrumentos que buscan el control y los que buscan rentabilidad. Una empresa puede adquirir acciones de otra para influir en la gestión de ésta y en sus decisiones. También puede adquirir acciones únicamente para obtener rentabilidad, bien mediante el cobro de dividendos y/o por medio de su posterior venta.

3) Instrumentos cotizados o no cotizados. En el caso de los instrumentos documentados en títulos valores, pueden distinguirse entre aquellos que se intercambian en mercados organizados, es decir, que cotizan en bolsa, y los que no lo hacen.

2. Concepto y clasificación contable de los instrumentos financieros

Desde un punto de vista contable, un instrumento financiero se define como un contrato que da lugar a un activo financiero en una empresa y simultáneamente a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa.

Si analizamos esta definición, podemos ver que:

1) Se trata de un contrato, es decir, un acuerdo que puede tomar diferentes formas como contrato mercantil, título valor, un acuerdo escrito o no, e incluir operaciones como coberturas y transferencias de activos, como pueden ser los descuentos comerciales, las operaciones de factoring o las titulizaciones de activos financieros.

2) Por su condición de acuerdo, implicará siempre la presencia de dos partes: una será la inversora (aquella para la cual el instrumento es un activo) y otra será la que obtenga la financiación (aquella para la cual el instrumento es un pasivo o un instrumento de patrimonio).

3) Supone la distinción de tres tipos de instrumentos financieros: activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio.

2.1. Desarrollo de la normativa: norma de valoración núm. 9

La normativa contable de los instrumentos financieros se desarrolla en la norma de valoración núm. 9 del PGC, que en términos generales es de aplicación para todos los instrumentos financieros, salvo aquellos que estén regulados en otra norma.

La norma de valoración núm. 9 se divide en seis partes en las que se trata las distintas clases de instrumentos financieros, el concepto o definición de los mismos, su valoración inicial y posterior, así como el tratamiento de su baja del balance.

3. Pasivos financieros

Como hemos visto anteriormente, los instrumentos financieros pueden desempeñar dos funciones en las empresas: la captación de recursos financieros o la inversión de los mismos. En este apartado vamos a profundizar en la primera función de los instrumentos financieros, es decir, cuando éstos representan una fuente de financiación para la empresa.

Las empresas pueden financiarse mediante dos grandes vías: o bien la captación de recursos que se ven obligados a devolver o bien recursos que no deben retornar puesto que son propiedad de la empresa. Estos últimos son los denominados fondos propios o patrimonio neto de la empresa. Por medio de éstos, la empresa se financia gracias al capital aportado por los socios en forma de acciones, participaciones etc. y/o también gracias a los recursos generados por la propia empresa, es decir, los beneficios no repartidos. La otra vía de financiación está representada por recursos que es necesario devolver: el denominado pasivo corriente y no corriente, estando compuesto por todas aquellas deudas que en un futuro la empresa deberá devolver.

En este apartado vamos a ver los instrumentos denominados pasivos financieros, que podemos encuadrar en la financiación a devolver.

3.1. Concepto de pasivo financiero

En primer lugar, vamos a recordar el concepto de pasivo que proporciona el marco conceptual del PGC, según el cual las dos características que lo definen son:

Por tanto, un pasivo financiero deberá cumplir estás condiciones como primer paso para ser reconocido como tal. En esta línea, la norma de valoración núm. 9, en su apartado 3.° define los pasivos financieros de la siguiente forma:

«Los instrumentos emitidos se clasificarán como pasivos financieros, en su totalidad o en una de sus partes, siempre que de acuerdo con su realidad económica supongan para la empresa una obligación contractual, directa o indirecta, de entregar efectivo u otro activo financiero, o de intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente desfavorables, tal como un instrumento financiero que prevea su recompra obligatoria por parte del emisor, o que otorgue al tenedor el derecho a exigir al emisor su rescate en una fecha y por un importe determinado o determinable, o a recibir una remuneración siempre que haya beneficios distribuibles.»

De esta definición podemos destacar los siguientes elementos básicos para determinar si un instrumento financiero puede denominarse «pasivo financiero»:

1) Son instrumentos financieros que pueden clasificarse como «pasivo financiero» en su totalidad o parcialmente. Por ejemplo, una obligación convertible es un título de deuda emitida que proporciona al tenedor del mismo la posibilidad de recuperar la inversión mediante la devolución en efectivo o mediante el pago de acciones de la empresa. Este tipo de instrumentos presentará un componente de pasivo financiero, por la deuda que se genera, y otro de patrimonio, por la opción de adquirir acciones.

2) La clasificación de «pasivo financiero» se realiza sobre la base del fondo económico del acuerdo adoptado, lo que supone la prevalencia del fondo sobre la forma. Así, la deuda con una empresa que suministra una máquina en régimen de arrendamiento financiero será registrada como una deuda con un proveedor de inmovilizado, cuando desde el punto de vista legal no es suministrador de un bien sino un arrendador del mismo (acreedor) hasta que no se ejerza la opción de compra y se traspase la propiedad legal de la máquina.

3) El acuerdo puede suponer diferentes posibles obligaciones: entregar efectivo (por ejemplo devolver un préstamo a una entidad bancaria o pagar una deuda con un proveedor), entregar un activo financiero distinto al efectivo (como los pagarés emitidos cancelables mediante deuda pública) e intercambiar activos y pasivos financieros en condiciones potencialmente desfavorables (por ejemplo, la recompra obligatoria del instrumento por parte del emisor).

3.2. Clasificación contable de los pasivos financieros

Una vez definidos los pasivos financieros, vamos a revisar la clasificación de los mismos que plantea el Plan General Contable. La importancia de esta clasificación radica en que, según el modo en que se clasifique un instrumento, el tratamiento contable que recibirá será distinto a efectos de valoración tanto inicial como posterior.

Cada pasivo financiero deberá clasificarse en alguno de los siguientes tres grupos, a partir de sus propias características o según la función que cumplan en la empresa:

1) Débitos y partidas a pagar.

2) Pasivos financieros mantenidos para negociar.

3) Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.

A continuación, pasamos a revisar la definición y contenido de estas tres clases de pasivos financieros.

3.2.1. Débitos y partidas a pagar

Estos pasivos financieros incluyen todos los débitos, tanto por operaciones comerciales como por operaciones no comerciales.

Los débitos por operaciones comerciales son los pasivos financieros que tienen su origen en la compra de bienes y servicios por parte de la empresa por operaciones de tráfico.

Se trata, por tanto, de las deudas que posee la empresa por el aplazamiento en el pago de las adquisiciones de bienes y servicios, relacionadas con el tráfico mercantil de la empresa. Incluirán débitos como deudas con los proveedores y acreedores varios, con el personal por remuneraciones pendientes de pago o con las administraciones públicas.

Por su carácter relativo a la actividad productiva de la empresa, figurarán siempre en el balance de situación como pasivos corrientes, al margen del plazo de vencimiento de la deuda que representan.

Los débitos por operaciones no comerciales son aquellos pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial.

Este grupo comprende deudas que no están directamente relacionadas con la actividad comercial de la empresa e incluirá débitos como deudas con entidades crédito, la deuda emitida por la empresa, las deudas con proveedores de inmovilizado y las fianzas recibidas.

Estos débitos figurarán en el balance de situación como pasivos no corrientes, en el caso de que su vencimiento supere los doce meses, y como pasivos corrientes, si representan deudas que la empresa esta obligada a devolver en un plazo máximo de doce meses.

3.2.2. Pasivos financieros mantenidos para negociar

Los pasivos financieros se clasificarán como «mantenidos para negociar» cuando se adquieran en unas condiciones determinadas. Por tanto, no son sus características intrínsecas las que los clasifican, sino la función que cumplen en la empresa.

Se considera que un pasivo financiero se posee para negociar cuando cumple alguna de las siguientes condiciones:

1) Se emite principalmente con el propósito de readquirirlo en el corto plazo.

2) Forma parte de una cartera de instrumentos financieros identificados y gestionados conjuntamente de la que existen evidencias de actuaciones recientes para obtener ganancias en el corto plazo.

3) Es un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura.

El hecho de que un pasivo financiero se utilice para financiar actividades de negociación no supone necesariamente su inclusión en esta categoría.

Este grupo incluye débitos como la emisión de deuda especulativa o los instrumentos derivados como futuros, opciones, warrants, etc.

Los pasivos financieros mantenidos para negociar figurarán en el balance de situación como pasivos corrientes, excepto si se trata de instrumentos derivados, que podrán registrarse también como pasivos no corrientes.

3.2.3. Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias

En este grupo se clasificarán los pasivos financieros híbridos y aquellos que designe la empresa para su inclusión en esta categoría, siempre y cuando con ello se mejore la información de los mismos.

Un instrumento financiero híbrido es aquel que combina un contrato principal no derivado y un derivado financiero que no puede ser transferido de forma independiente.

El derivado financiero del instrumento híbrido, también denominado derivado implícito, debe cumplir dos características: no podrá ser transferido independientemente del contrato principal y los flujos de efectivo del derivado implícito considerados de forma independiente deben variar de forma similar a alguno de los del instrumento híbrido.

Como ya hemos indicado, nos vamos a centrar en el desarrollo de la primera clase de pasivos financieros, es decir, «débitos y partidas a pagar», y más concretamente en el área de débitos por operaciones no comerciales.

Una vez analizada la definición de los diferentes tipos de pasivos financieros a efectos contables, pasaremos a revisar las condiciones para su registro y valoración.

3.3. Reconocimiento y valoración de débitos por operaciones no comerciales

Para poder registrar contablemente un débito por operaciones no comerciales, éste deberá cumplir los siguientes requisitos:

1) Condiciones requeridas a un pasivo para su reconocimiento:

a) Que exista probabilidad de que a su vencimiento, y para su cancelación, sea necesario entregar recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros para la empresa.

b) Que pueda valorarse con fiabilidad.

2) La condición requerida para que todo instrumento financiero sea reconocido: que se convierta en parte obligada del contrato que supone todo instrumento financiero.

Una vez cumplidos estos requisitos de reconocimiento de cualquier débito por operaciones no comerciales, la norma general para la valoración inicial es que ésta se realizará por su valor razonable y la valoración posterior será a coste amortizado.

El PGC agrupa las cuentas relativas a pasivos financieros que vamos a revisar en función de que se muestren en el Balance o en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias:

1) Cuentas de balance relacionadas con pasivos financieros organizadas en grupo, subgrupo y cuenta.

Las cuentas de los pasivos no comerciales a largo plazo se sitúan en el grupo 1 (Financiación Básica). Las relativas a pasivos con empresas del grupo y asociadas se muestran en el subgrupo 16 (Deudas a Largo Plazo con Partes Vinculadas), mientras que las que se refieren a relaciones con empresas que no pertenecen al grupo empresarial se encuentran en el subgrupo 17 (Deudas a largo plazo por préstamos recibidos y otros conceptos).

Las cuentas de pasivos no comerciales a corto plazo las encontramos en el grupo 5 (Cuentas Financieras), situándose las que se refieren a pasivos con empresas del grupo empresarial en el subgrupo 51 (Deudas a corto plazo con partes vinculadas). Para contabilizar pasivos no comerciales a corto que no tienen relación con partes vinculadas se utilizan cuentas del subgrupo 50 (Empréstitos, deudas con características especiales y otras emisiones análogas a corto plazo) y el subgrupo 52 (Deudas a corto plazo por préstamos recibidos y otros conceptos).

2) Cuentas de gastos del ejercicio relacionadas con los pasivos financieros

Las cuentas de gastos del ejercicio que están relacionadas con los pasivos financieros se encuentran situadas en el grupo «6. Compras y gastos», en el subgrupo «66. Gastos Financieros». Son gastos del ejercicio que se traspasan al cierre del ejercicio a la cuenta «129. Pérdidas y ganancias».

3.3.1. Valoración de préstamos recibidos

Una de las fuentes de financiación de las empresas son los préstamos, con los que éstas obtienen fondos que utilizan para invertir en diferentes activos o cancelar pasivos. Lo más habitual es que los concedan instituciones de crédito, pero también pueden obtenerse por medio de otras vías, como por ejemplo personas físicas.

En términos generales, un préstamo es una operación financiera por la que una persona (física o jurídica) recibe de otra persona (física o jurídica) una cantidad de efectivo con una serie de condiciones específicas: pagar los gastos de la operación y los intereses de la deuda, así como la devolución del efectivo prestado, en los plazos acordados.

En todo acuerdo de préstamo, debe delimitarse una serie de datos y condiciones que son específicos de cada operación:

Valoración inicial de préstamos recibidos

Como hemos visto al principio de este apartado, la valoración inicial se registrará a valor razonable. El PGC, en su norma de valoración núm. 9, apartado 3.1.1., indica que, siempre que no exista evidencia de lo contrario, se considera que éste será igual al valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sea directamente atribuibles.

Ejemplo 1. Valoración inicial de un préstamo

El día 1 de enero del año X1 el Banco XXX, S. A., concede un préstamo a la empresa YYY, S. A., por un importe de 100.000 € a devolver en un solo pago el 31 del diciembre del mismo año, junto a unos intereses del 6% anual. Los gastos de formalización del préstamo ascienden a 300 €, que corren por cuenta del prestatario.

El 1 de enero del X1 la empresa YYY, S. A., registrará la valoración inicial del préstamo por su valor razonable, que será la contraprestación recibida (100.000 €) ajustada por los gastos de formalización (300 €) por un importe de 99.700 € (= 100.000 − 300).

Tabla 84.

Código

Cuenta

Debe

Haber

570

Banco c/c

99.700

520

Deudas C. P. con entidades de crédito

99.700

Valoración posterior de préstamos recibidos

Como hemos visto al inicio de este apartado, la norma general de valoración posterior a la inicial es que los préstamos se registren a coste amortizado. En el apartado 3.1.2 de la mencionada norma de valoración núm. 9 se indica además de ello que los intereses que se devenguen a lo largo de la vida del préstamo se registrarán como un gasto del ejercicio y se calcularán siguiendo el método del tipo de interés efectivo.

El coste amortizado de un pasivo financiero es:

+ El importe al que inicialmente fue valorado dicho pasivo

− Los reembolsos de principal que se hubieran producido

+ La parte imputada a resultado del ejercicio mediante el método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento

Para poder aplicar el coste amortizado, debemos utilizar el método del tipo de interés efectivo, recomendándose los tres pasos que se muestran en el siguiente ejemplo.

Ejemplo 2

El día 1 de enero del año X1 el Banco ZZZ, S. A., concede un préstamo a la empresa RRR, S. A., por un importe de 300.000 € a devolver en tres años. Cada 31 del diciembre tiene que devolver 100.000 € de capital junto a unos intereses del 5% anual. Los gastos de formalización del préstamo ascienden a 500 €, que corren por cuenta del prestatario.

1) Flujos de entrada/salida de efectivo de la operación. Para la empresa RRR, S. A., (la prestataria) el diagrama de los flujos de efectivo de esta operación será el siguiente:

Figura 2.

71080_m3_02.tif

2) Tipo de interés efectivo de la operación. El tipo de interés efectivo será la tasa que iguale los flujos de efectivo que entran y salen a lo largo de la vida de la operación referidos al momento inicial, es decir, al 1 de enero del año X1. Su cálculo será el siguiente:

299.500 = (115.000 / (1 + I)) + (110.000 / (1 + I)2) + (105.000 / (1 + I)3)

I = 5,0904612347%

El tipo de interés efectivo del préstamo para RRR, S. A., será algo mayor del 5%, ya que su coste está compuesto del interés nominal (5%) y los gastos de formalización que debe soportar.

Con estos datos, podemos construir un cuadro de amortización del préstamo con los conceptos contables que vamos a utilizar para registrarlo.

Cuadro de amortización de un préstamo a coste amortizado

Los conceptos que vamos a utilizar en este cuadro se agrupan en dos áreas: la información financiera que proviene de las condiciones específicas de cada acuerdo de préstamo y la información contable obtenida a partir de los datos anteriores, que servirá para realizar los asientos relativos a la operación. Los apartados que contendrá este cuadro de amortización son los siguientes:

1) Información financiera:

a) Periodo de tiempo: intervalo transcurrido entre un movimiento de flujos de efectivo y otro.

b) Interés a pagar: importe del interés nominal a pagar en esa fecha. Se calcula como: tipo de Interés nominal × capital pendiente de amortizar en el periodo anterior (5).

c) Capital amortizado: importe del capital devuelto en el periodo.

d) Anualidad: importe total a pagar en esa fecha. Tiene dos componentes: interés a pagar del periodo (2) + capital amortizado en el periodo (3).

e) Capital pendiente de amortizar: importe del capital que queda pendiente de devolver tras la última amortización de capital. Se calcula como: Capital pendiente de amortizar en el momento t = capital pendiente de amortizar en el momento t − 1 MENOS capital amortizado en el momento t (3).

2) Información contable:

a) Gasto financiero: es el importe del interés efectivo de la operación para ese periodo y se calcula como: tipo de interés efectivo × coste amortizado periodo anterior

Contablemente, representa el gasto financiero que se registrará como resultado del ejercicio en cuentas del subgrupo 66.

b) Coste amortizado: este concepto se calcula de la siguiente forma:

Ejemplo 2 (continuación)

Veamos para el ejemplo 2 cómo aplicamos estos conceptos en un cuadro de amortización a coste amortizado:

3) Coste amortizado del préstamo

Tabla 85. Cuadro de amortización de un préstamo a coste amortizado del ejemplo 2

Información financiera

Información contable

1. Periodo

2. Interés a pagar (interés nominal)

3. Capital amortizado

4. Anualidad

5. Capital pendiente amortizar

6. Gasto financiero (interés efectivo)

7. Coste amortizado*

1/1/X1

300.000,00

299.500,00 *

31/12/X1

15.000,00

100.000,00

115.000,00

200.000,00

15.245,93

199.745,93

31/12/X2

10.000,00

100.000,00

110.000,00

100.000,00

10.167,99

99.913,92

31/12/X3

5.000,00

100.000,00

105.000,00

0,00

5.086,08

0,00

Total

30.000,00

300.000,00

30.500,00

* El coste amortizado se calculará de la siguiente forma:

1/1/X1: 299.500,00 = 300.000 – 500

31/12/X1: 199.745,92 = 299.500,00 – 100.000 + (15.245,93 – 15.000)

31/12/X2: 99.913,92 = 199.745,92 – 100.000 + (10.167,99 – 10.000)

31/12/X3: 0 = 99.913,92 – 100.000 + (5.086,08 – 5.000)

A la vista de este ejemplo, podemos concluir que el coste amortizado de un préstamo va a representar el importe pendiente de devolver del mismo al que se le han descontado los gastos de formalización pendientes de imputar a resultado del ejercicio.

Contabilización de un préstamo

Para registrar contablemente un préstamo, debemos tener en cuenta los siguientes posibles momentos:

1) Concesión del préstamo y pago de los gastos de formalización.

2) Devengo de los gastos financieros calculados según el método del interés efectivo.

3) Devolución de principal y pago de intereses.

4) Reclasificación de la deuda.

Ejemplo 3

El 1 de octubre del año X1 la empresa TTT, S. A., recibe del Banco SSS, S. A., un préstamo a un año por un importe de 100.000 €. Las condiciones del contrato son:

Devolución del total del préstamo a los doce meses.

Interés nominal del 7% a pagar a los doce meses.

Gastos de formalización del préstamo de 300 € a cargo de TTT, S. A.

1) El diagrama de los flujos de efectivo que generará este préstamo será el siguiente:

71080_m3_03.tif

El 1 de octubre del X1 se producirán flujos de entrada por valor neto de 99.700, como producto de la entrada de 100.000 € del préstamo y la salida de 300 € de gastos de formalización. El 30 de septiembre del año siguiente habrá una salida neta de flujos de efectivo de 107.000 € compuesta de una devolución del dinero prestado por 100.000 € y el pago de los intereses anuales correspondientes (100.000 € × 7%).

2) Luego el interés efectivo de esta operación será:

99.700 = 107.000 / (1 + I)

en donde I = 7,321965898%

3) El cuadro de amortización del préstamo a coste amortizado será el siguiente:

Tabla 86.

Información financiera

Información contable

1. Periodo

2. Interés a pagar (interés nominal)

3. Capital amortizado

4. Anualidad

5. Capital pendiente amortizar

6. Gasto financiero (interés efectivo)

7. Coste amortizado

1/10/X1

100.000,00

99.700,00(1)

1/10/X2

7.000,00

100.000,00

107.000,00

0,00

7.300,00

0,00(2)

Total

7.000,00

100.000,00

7.300,00

El coste amortizado se calculará de la siguiente forma:

1) 1/10/X1: 100.000 − 300 = 99.700

2) 1/10/X2: 99.700 − 100.000 + (7.300 − 7.000) = 0

3) 1/10/X1: concesión del préstamo

Tabla 87.

Código

Cuenta

Debe

Haber

570

Banco c/c (100.000 – 300)

99.700,00

520

Deudas a C. P. con entidades de crédito

99.700,00

31/12/X1: cierre del ejercicio

En este caso, a 31 de diciembre no se produce ningún pago de intereses o devolución de capital. Sin embargo, por el principio de devengo debemos registrar los gastos financieros devengados al cierre del ejercicio. Además, en la regularización deberá tenerse en cuenta si es necesario reclasificar el pasivo.

a) Devengo de gastos financieros, desde el 1 de octubre al 31 de diciembre del X1.

Los gastos financieros de 7.300 € (= 7.000 € interés nominal + 300 € gastos de formalización) se refieren a los doce meses que van desde el 1 de octubre del año X1 al 30 de septiembre del año X2. Por tanto, al año X1 le corresponderán tres meses del total de los gastos financieros y al año X2 le corresponderán nueve meses.

En el siguiente asiento tendremos en cuenta esta distribución de los gastos financieros e imputaremos a la cuenta 6623 los gastos financieros devengados durante el ejercicio X1, y la contrapartida de estos gastos será doble:

En el haber de la cuenta 527 registramos la deuda a pagar relativa a estos gastos financieros y que se corresponde con tres meses de los intereses nominales (= 7.000 € × 3 meses/12 meses).

Incrementamos el haber de la cuenta 520 por el importe de los gastos de formalización devengados al cierre.

Tabla 88.

Código

Cuenta

Debe

Haber

6623

Intereses de deudas a C. P. con entidades de crédito

(7.300 € x 3 meses/12 meses)

1.825,00

527

Intereses a C. P. de deudas con entidades de crédito

(7.000 € x 3 meses/12 meses)

1.750,00

520

Deudas a C. P. con entidades de crédito (300 € x 3 meses/12 meses)

75,00

b) Reclasificación de la deuda.

No es necesario reclasificar la deuda, puesto que está íntegramente registrada a corto plazo.

30/9/X2: devolución del préstamo y pago de intereses

a) Devengo de gastos financieros, desde el 1 de enero al 30 de septiembre del X2.

Tabla 89.

Código

Cuenta

Debe

Haber

6623

Intereses de deudas a C. P. con entidades de crédito

(7.300 € x 9 meses/12 meses)

5.475,00

527

Intereses a C. P. de deudas con entidades de crédito

(7.000 € x 9 meses/12 meses)

5.250,00

520

Deudas a C. P. con entidades de crédito (300 € x 9 meses/12 meses)

225,00

Con este asiento imputamos en la cuenta 6623 el gasto financiero correspondiente a los nueve primeros meses del ejercicio X2 y registramos la deuda que se genera por los intereses nominales en la cuenta 527. La diferencia entre ambos importes representa los gastos financieros relativos a los gastos de formalización que incrementan la deuda que figura en la cuenta 520.

b) Pago de los intereses y devolución de principal.

En este momento, estas cuentas de pasivo tendrán el siguiente saldo:

«527. Intereses de C. P. deudas con entidades de crédito» = 1.750 + 5.250 = 7.000, que es la deuda que a 30 de septiembre de X2 tiene la empresa con el banco por intereses a pagar.

«520. Deudas C. P. con entidades de crédito» = 99.700 + 75 + 225 = 100.000, que es el importe del préstamo a devolver el 30 de septiembre del X2.

Estos saldos se cancelan en el siguiente asiento mediante el pago de las deudas que representan.

Tabla 90.

Código

Cuenta

Debe

Haber

527

Intereses a C. P. de deudas con entidades de crédito

7.000,00

520

Deudas a C. P. con entidades de crédito

100.000,00

57

Tesorería

107.000,00

3.3.2. Valoración de deuda emitida

Además de los préstamos recibidos, las empresas pueden financiarse emitiendo deuda. Este sistema consiste, en términos generales, en dividir una deuda global en partes de pequeña cuantía en forma de títulos valores, que son adquiridos por ahorradores externos a la empresa. Ésta se compromete a devolver las cantidades prestadas en las condiciones y plazo acordados a dichos ahorradores que se convierten, por tanto, en acreedores de la empresa. La deuda emitida se denomina de forma genérica empréstito y puede tomar la forma de obligaciones, bonos, pagarés, etc.

Las obligaciones son títulos valores que reconocen una deuda de la sociedad emisora con las personas (individuales o jurídicas) que poseen dicho título y en virtud del cual se convierten en acreedoras de la sociedad emisora. La devolución del empréstito se formaliza mediante un procedimiento preestablecido de amortización de obligaciones y de pago de intereses.

Los empréstitos están regulados en el capítulo XI (art. 401 a 433) de la Ley de Sociedades de Capital. A continuación, se sintetizan los aspectos normativos más relevantes desde el punto de vista contable:

1) Características de las obligaciones:

a) Las obligaciones pueden representarse por títulos valores o anotaciones en cuenta.

b) Son transmisibles.

c) Deben ser iguales para un mismo empréstito.

2) Clases de obligaciones:

a) Nominativas o al portador: según se especifique el tenedor de las mismas o no.

b) Ordinarias o garantizadas: las primeras sólo se garantizan con la globalidad de los activos reales de la sociedad con los que hace frente a todo el pasivo exigible, mientras que las garantizadas establecen adicionalmente una garantía real específica para el empréstito, como por ejemplo una hipoteca mobiliaria o inmobiliaria, mediante prenda de valores depositados en una entidad financiera, con garantía del Estado, con aval solidario de una entidad financiera, etc.

c) Reembolsables en efectivo o convertibles: la devolución del importe prestado puede realizarse en efectivo o reembolsarse mediante la entrega de acciones de la sociedad emisora. En caso de que se permita optar por esta alternativa estaremos ante las llamadas obligaciones convertibles.

3) Sobre la emisión de obligaciones:

a) La emisión debe constar siempre en escritura pública y cumplir una serie de estrictos requisitos formales establecidos por la Ley de Sociedades de Capital.

b) Las obligaciones se emiten a un valor nominal que representa la deuda que contrae la empresa emisora.

c) El precio de emisión de una obligación puede ser:

d) Pueden emitirse obligaciones con prima de emisión, esto es, por debajo de su valor nominal, excepto en el caso de las obligaciones convertibles.

e) Pueden emitirse obligaciones con prima de reembolso, es decir, con el acuerdo de devolver un importe superior al valor nominal de la deuda.

f) Sólo pueden emitir obligaciones aquellas sociedades en las que el capital social más reservas que figuran en el último balance aprobado sea igual o superior al importe total de las emisiones de empréstitos.

4) Sobre los intereses de los empréstitos. Pueden acordarse diferentes formas de calcular y/o pagar los intereses de los empréstitos:

a) Intereses explícitos: son los intereses que se calculan sobre el valor nominal de la deuda.

b) Intereses implícitos: son los intereses que se originan de la diferencia entre el importe recibido y el que hay que devolver. Estos intereses se articulan mediante las obligaciones emitidas con prima de emisión y/ o reembolso.

c) Obligaciones cupón cero: son obligaciones cuyos intereses se pagan en su totalidad al vencimiento de la obligación, de forma que se devuelve el capital más la totalidad de los intereses.

5) Devolución de la deuda. El capital prestado por los ahorradores al adquirir una obligación puede devolverse de diversas formas:

a) En una fecha determinada, que ha sido acordada con antelación.

b) Por sorteo, en el que se sortean las obligaciones a las que se le va a devolver el capital prestado.

c) Por conversión en acciones, únicamente para las obligaciones convertibles.

6) Rescate de obligaciones. La recuperación de las obligaciones antes de su vencimiento por parte de la entidad emisora, puede llevarse a cabo por varias vías:

a) Por amortización o pago anticipado según las condiciones acordadas en la emisión

b) Por adquisición en bolsa, en el caso de que coticen en un mercado secundario.

Valoración inicial de deuda emitida

Los empréstitos, por tratarse de pasivos financieros clasificados como «préstamos y partidas a cobrar», deberán valorarse inicialmente al valor razonable, con el mismo criterio que sobre los préstamos recibidos.

Ejemplo 4

El 1 de enero del año X1 la sociedad JJJ, S. A., emite un empréstito a tres años en las siguientes condiciones:

Número obligaciones emitidas = 10.000 obligaciones.

Nominal de las obligaciones = 1.000 €/obligación.

Precio de emisión = a la par (1.000 €/obligación).

Tipo de Interés = 5% anual pagadero el 31 de diciembre de cada año con una retención del 19%.

Devolución del principal = 31 de diciembre del año X3.

Gastos de la emisión = 0,1% del nominal del empréstito.

Para estos datos, la valoración contable inicial del empréstito se calculará como la diferencia entre el importe recibido (= 10.000.000 € = 10.000 obligaciones × 1.000 €/obligación) menos los gastos de la emisión (= 10.000 € = 10.000 obligaciones × 1.000 €/ obligación × 0,1%), es decir, 9.990.000 €. Por tanto, el asiento de la emisión y cobro del empréstito será el siguiente:

Tabla 91.

Código

Cuenta

Debe

Haber

570

Tesorería

9.990.000

177

Obligaciones y bonos a L. P.

9.990.000

Supongamos un caso en el que, manteniendo los datos de este ejemplo, se emitiera el empréstito con una prima de emisión del 2%. De esta forma, el importe recibido se calcula como el 98% del valor nominal de la obligación y el precio de la obligación pasa de 1.000 € a 980 €.

La valoración inicial del empréstito sería de:

9.790.000€ = (10.000 obligaciones × 980 €/obligación)

− (10.000 obligaciones × 1.000 €/obligación × 0,1%)

Y el asiento a registrar a la emisión y cobro del empréstito será:

Tabla 92.

Código

Cuenta

Debe

Haber

570

Tesorería

9.790.000

177

Obligaciones y bonos a L. P.

9.790.000

Si comparamos con el asiento anterior, la diferencia estará en que en este segundo caso el importe que se desembolsa es menor, concretamente un 2% del valor nominal, y que se refiere a la prima de emisión.

Valoración posterior de deuda emitida

La valoración posterior a la inicial de los empréstitos sigue la norma general, es decir, a coste amortizado, y los gastos financieros se registran siguiendo el método del interés efectivo. Vamos a ver a continuación los distintos momentos que deben tenerse en cuenta en una operación de emisión de cualquier tipo de deuda (obligaciones, bonos, pagarés...) mediante un ejemplo práctico.

Contabilización de un empréstito

Los posibles hitos que debemos tener en cuenta para registrar contablemente un empréstito son similares a los que hemos identificado en un préstamo recibido:

1) Emisión del empréstito.

2) Devengo de los gastos financieros calculados según el método del interés efectivo.

3) Devolución de principal y pago de intereses.

4) Reclasificación del empréstito.

Ejemplo 4 (continuación)

Continuamos con los mismos datos del ejemplo 4 (primer caso), y lo primero que haremos será elaborar el diagrama de flujos de efectivo que implica la operación, para obtener el interés efectivo y así poder calcular el coste amortizado:

71080_m3_04.tif

El tipo interés efectivo de esta operación se calcula de la siguiente forma:

9.990.000 = (500.000 / (1 + I)) + (500.000 / (1 + I)2) + (10.500.000 / (1 + I)3)

I = 5,03674614331%

Con estos datos podemos calcular el cuadro de amortización del empréstito a coste amortizado:

Tabla 93.

Información financiera

Información contable

1. Periodo

2. Interés a pagar (interés nominal)

3. Capital amortizado

4. Anualidad

5. Capital pendiente amortizar

6. Gasto financiero (interés efectivo)

7. Coste amortizado*

1/1/X1

10.000.000,00

9.990.000,00

31/12/X1

500.000,00

500.000,00

10.000.000,00

503.170,94

9.993.170,94

31/12/X2

500.000,00

500.000,00

10.000.000,00

503.330,65

9.996.501,59

31/12/X3

500.000,00

10.000.000,00

10.500.000,00

0,00

503.498,41

0,00

Total

1.500.000,00

10.000.000,00

1.510.000,00

* El coste amortizado se calculará de la siguiente forma:

1/1/X1: 9.990.000 = 10.000.000 – 10.000

31/12/X1: 9.993.170,94 = 9.990.000 + (503.170,94 – 500.000)

31/12/X2: 9.996.501,59 = 9.993.170,94 + (503.330,65 – 500.000)

31/12/X3: 0 = 9.996.501,59 – 10.000.000 + (503.498,415.000.000)

Con estos datos ya podemos realizar el registro contable del empréstito a lo largo de su vida:

1/1/X1: emisión del empréstito

Éste es el asiento de emisión que hemos realizado en el apartado de valoración inicial:

Tabla 94.

Código

Cuenta

Debe

Haber

570

Banco c/c

9.990.000

177

Obligaciones y bonos a L. P.

9.990.000

31/12/X1: pago de los intereses con retención del 19%

A esta fecha habrá que contabilizar los intereses devengados, el pago de los mismos con su retención correspondiente y, al coincidir con la fecha de cierre, ver si es necesario reclasificar la deuda.

a) Devengo de gastos financieros.

Como hemos visto en los préstamos, el gasto financiero (cuenta 661) es el interés efectivo que figura en la columna 6 del cuadro de amortización relativa al 31/12/X1, calculado al tipo efectivo sobre el coste amortizado del periodo anterior. Esta anotación va a generar una deuda por los intereses a pagar (cuenta 506) calculados al tipo nominal sobre el capital pendiente de devolver y que figura en la columna 2 de dicho cuadro, relativa al 31/12/X1.

La diferencia entre los gastos financieros y los intereses a pagar se abona a la cuenta 177 y refleja la parte del interés efectivo que se refiere a los gastos de formalización del empréstito, que están devengados a esa fecha. Por tanto, el coste amortizado del empréstito que estará registrado en la cuenta 177 tendrá el siguiente saldo al cierre del ejercicio X1:

Saldo cuenta «177. Obligaciones y bonos a L. P.» = 9.990.000 + 3.170,94 = 9.993.170,94

Tabla 95.

Código

Cuenta

Debe

Haber

661

Intereses de obligaciones y bonos

503.170,94

506

Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas

500.000,00

177

Obligaciones y bonos a L. P.

3.170,94

b) Pago de los intereses con retención del 19%.

Tabla 96.

Código

Cuenta

Debe

Haber

506

Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas

500.000,00

57

Tesorería

405.000,00

4751

H. P., acreedora por retenciones practicadas (500.000 x 19%)

95.000,00

Con este asiento registramos la cancelación de la deuda por intereses que habíamos contabilizado en el asiento anterior en la cuenta 506, así como la salida de efectivo para pagar dicha deuda, pero sólo por el 81% del total, puesto que la empresa realiza una retención del 19% que genera una deuda con la Hacienda pública de 95.000 €, que se reflejan en la cuenta 4751.

c) Reclasificación de la deuda.

Como los bonos no hay que devolverlos hasta el año X3, es decir, dentro de 24 meses, no es necesario reclasificar la deuda del largo al corto plazo.

31/12/X2: pago de los intereses con retención del 19%

a) Devengo de gastos financieros.

Tabla 97.

Código

Cuenta

Debe

Haber

661

Intereses de obligaciones y bonos

503.330,65

506

Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas

500.000,00

500

Obligaciones y bonos a C. P.

3.330,65

b) Pago de los intereses con retención del 19%.

Tabla 98.

Código

Cuenta

Debe

Haber

506

Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas

500.000,00

57

Tesorería

405.000,00

4751

H. P., acreedora por retenciones practicadas

95.000,00

c) Reclasificación de la deuda.

En este momento solo quedan doce meses para devolver los bonos, por lo que es necesario traspasar el saldo de la cuenta 177 al corto plazo, como se registra en el siguiente asiento:

Tabla 99.

Código

Cuenta

Debe

Haber

177

Obligaciones y bonos a L. P.

(9.990.000 + 3.170,94 + 3.330,65)

9.996.501,59

500

Obligaciones y bonos a C. P.

9.996.501,59

31/12/X3: Pago de los intereses con retención del 19% + devolución del empréstito

a) Devengo de gastos financieros.

Tabla 100.

Código

Cuenta

Debe

Haber

661

Intereses de obligaciones y bonos

503.498,41

506

Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas

500.000,00

500

Obligaciones y bonos a C. P.

3.498,41

b) Pago de los intereses con retención del 19%.

Tabla 101.

Código

Cuenta

Debe

Haber

506

Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas

500.000,00

57

Tesorería

405.000,00

4751

H. P., acreedora por retenciones practicadas

95.000,00

c) Vencimiento del empréstito.

Cuando vencen los bonos, deberá traspasarse la deuda generada a la cuenta 509, que representa el importe de los bonos vencidos.

Tabla 102.

Código

Cuenta

Debe

Haber

500

Obligaciones y bonos a C. P.

10.000.000

509

Valores negociables amortizados

10.000.000

d) Pago del importe prestado.

Cuando tiene lugar la salida de efectivo relativa al pago de los bonos vencidos, entonces se cancela la cuenta que los refleja, contra un abono en tesorería, por dicha salida de dinero.

Tabla 103.

Código

Cuenta

Debe

Haber

509

Valores negociables amortizados (10.000 obligaciones x 1.000 €/obligación)

10.000.000

57

Tesorería

10.000.000

3.3.3. Valoración de otras deudas no comerciales: proveedores de inmovilizado

Este grupo de deudas por operaciones no comerciales pertenece a la categoría de pasivos financieros denominados «Débitos y partidas a pagar», y en ella se recogen otras deudas diferentes a los préstamos y la deuda emitida, como los vistos hasta ahora.

Una fuente de financiación que puede obtenerse de forma bastante habitual es el acuerdo de aplazamiento en el pago en la adquisición de activos inmovilizados, tanto materiales como inmateriales. De esta forma, al no tener que realizar un desembolso de efectivo en el momento actual, las empresas pueden utilizar sus fondos de tesorería en otras operaciones.

Valoración inicial de deudas con proveedores de inmovilizado

La valoración inicial de estas deudas mantiene la regla general, y por tanto se realizará al valor razonable de la contraprestación obtenida, deducidos los gastos de la operación. Veamos a continuación un ejemplo de todo ello:

Ejemplo 5

Una empresa adquiere una maquina por 30.000 € (+ 21% IVA) y acuerda pagarla al proveedor dentro de 24 meses. En esa fecha pagará el precio de la máquina incrementado en 3.000 € de intereses por aplazamiento del pago.

La valoración inicial de la deuda que se adquiere al comprar la máquina es su valor razonable, que en este caso es de 36.300 €. Los intereses por aplazamiento se irán contabilizando según se vayan devengando.

Tabla 104.

Código

Cuenta

Debe

Haber

213

Maquinaria

30.000

472

H. P. IVA soportado

6.300

173

Proveedores de inmovilizado a L. P.

36.300

Valoración posterior de deudas con proveedores de inmovilizado

Siguiendo la norma general, la valoración posterior a la inicial será a coste amortizado y el gasto financiero se calculará por el método del coste efectivo, igual que para el resto de los «Débitos y partidas a pagar». Sin embargo, en este tipo de operación lo habitual es que el aplazamiento tenga como único gasto el interés nominal sobre la deuda y no vaya acompañada de gastos de formalización u otros gastos. Siempre que ocurra así, el interés efectivo y el interés nominal coincidirán.

Contabilidad de deudas con proveedores de inmovilizado

Para realizar la contabilidad de las deudas con los proveedores de inmovilizado debemos tener en cuenta los siguientes hitos de la operación:

1) Facturación del inmovilizado (a partir de entonces se contrae la obligación de pago).

2) Devengo de los gastos financieros calculados según el método del interés efectivo.

3) Reclasificación de la deuda (si procede).

4) Pago de la deuda y de los intereses.

Se muestra a continuación un ejemplo de la contabilidad de una deuda con un proveedor de inmovilizado siguiendo los momentos indicados.

Ejemplo 6

La empresa LLL, S. A., adquiere una instalación técnica por un importe de 100.000 € (+ 21% IVA) que acuerda pagar de la siguiente forma:

50% del total + 100% IVA: en efectivo a la recepción de conformidad de la instalación técnica el 1/10/X1.

25% del total + 6% sobre la deuda de intereses por aplazamiento: el 1/10/X2.

25% del total + 6% sobre la deuda de intereses por aplazamiento: el 1/10/X3.

En este caso, como el único gasto financiero es el tipo de interés nominal aplicado a la deuda, el tipo de interés efectivo será igual al tipo de interés nominal. Podemos comprobarlo si elaboramos el diagrama de los flujos de efectivo que se van a producir durante la vida de la operación. Para ello, suponemos que nos prestan el efectivo aplazado y que se devuelve en las condiciones de pago acordadas:

71080_m3_05.tif

El tipo de interés efectivo se calculará de la siguiente forma:

50.000 = (28.000 / (1 + I)) + (26.500 / (1 + I)2)

I = 6,00%

El cuadro de amortización de la deuda con el proveedor de inmovilizado a coste amortizado será el siguiente:

Tabla 105.

Información financiera

Información contable

1. Periodo

2. Interés a pagar (interés nominal)

3. Deuda pendiente de devolver

4. Importe pendiente devolver

5. Gasto financiero (interés efectivo)

6. Coste amortizado

1/10/X1

50.000,00

50.000,00

1/10/X2

3.000,00

25.000,00

25.000,00

3.000,00

25.000,00

1/10/X3

1.500,00

0,00

0,00

1.500,00

0,00

Total

4.500,00

4.500,00

En el cuadro de amortización, no se incluye la columna de «Anualidad» que figura en los cuadros de préstamos y empréstitos, dado que no se trata de un contrato financiero.

Con estos datos podemos proceder al registro contable de la operación.

1/10/X1: adquisición de la instalación técnica

A la adquisición de la instalación técnica, habrá que registrar la entrada en la empresa de un activo fijo, como recordaréis que hacíamos en el capítulo II, sin incluir en el precio de adquisición el IVA soportado deducible de la operación. En el haber del asiento recogeremos la salida de efectivo acordada y la deuda que se genera. Recordad que, al contabilizarse a coste amortizado, no se incluirán los intereses por aplazamiento hasta que se devenguen.

Tabla 106.

Código

Cuenta

Debe

Haber

212

Instalaciones técnicas

100.000

472

H. P. IVA soportado

21.000

57

Tesorería (50% 100.000 + 21.000)

71.000

173

Proveedores de inmovilizado a L. P.

25.000

523

Proveedores de inmovilizado a C. P.

25.000

31/12/X1: registro del interés efectivo devengado al cierre del ejercicio

Al cierre del ejercicio deberemos, como siempre, tener en cuenta dos posibles asientos: gastos financieros devengados a la fecha y la reclasificación de la deuda. Como esta última no es necesario tenerla en cuenta puesto que la deuda está correctamente clasificada, registramos los intereses devengados durante tres meses (del 1 de octubre de X1 al 31 de diciembre del X1). Estos intereses darán lugar a un gasto financiero (cuenta 662) y una deuda a corto plazo por intereses (cuenta 528).

Tabla 107.

Código

Cuenta

Debe

Haber

662

Intereses de las deudas (3.000 € x 3 meses /12 meses)

750

528

Intereses a C. P. de las deudas

750

1/10/X2: pago del 25% + intereses

En esta fecha habrá que registrar el devengo durante nueve meses de los intereses del ejercicio X2 (del 1 de enero al 1 de octubre del X2) y el pago de los mismos.

a) Gastos financieros devengados a la fecha.

Tabla 108.

Código

Cuenta

Debe

Haber

662

Intereses de las deudas (3.000 € x 9 meses/12 meses)

2.250

528

Intereses a C. P. de las deudas

2.250

b) Pago de la deuda y los intereses.

A continuación se registrará el pago de la deuda por el 25% del precio del activo que figura en la cuenta 523 y de la deuda por los intereses del periodo que va del 1/10/X1 al 1/10/X2 que están contabilizados en la cuenta 528.

Tabla 109.

Código

Cuenta

Debe

Haber

528

Intereses a C. P. de las deudas

3.000

523

Proveedores de inmovilizado a C. P.

25.000

57

Tesorería

28.000

31/12/X2: cierre del ejercicio

a) Gastos financieros devengados al cierre.

Tabla 110.

Código

Cuenta

Debe

Haber

662

Intereses de las deudas (1.500 € x 3 meses/12 meses)

375

528

Intereses a C. P. de las deudas

375

b) Reclasificación de la deuda.

En este ejercicio ya es necesario realizar una reclasificación de la deuda puesto que sino figuraría a largo plazo una obligación que debe cancelarse a los nueve meses.

Tabla 111.

Código

Cuenta

Debe

Haber

173

Proveedores de inmovilizado a L. P.

25.000

523

Proveedores de inmovilizado a C. P.

25.000

1/10/X3: pago del 25% y de los intereses

a) Gastos financieros devengados a la fecha.

Tabla 112.

Código

Cuenta

Debe

Haber

662

Intereses de las deudas (1.500 € x 9 meses/12 meses)

1.125

528

Intereses a C. P. de las deudas

1.125

b) Pago de la deuda y los intereses.

Tabla 113.

Código

Cuenta

Debe

Haber

528

Intereses a C. P. de las deudas

1.500

523

Proveedores de inmovilizado a C. P.

25.000

57

Tesorería

26.500

3.3.4. Fianzas, depósitos y avales

En los acuerdos, tanto financieros como los exclusivamente comerciales, se pueden ofrecer o recibir garantías sobre la ejecución de los mismos. Estas garantías pueden tomar diferentes formas, entre las que cabe destacar como más habituales las fianzas, los depósitos y los avales.

Una fianza supone la entrega de una cantidad en efectivo como garantía del cumplimiento de una obligación.

Un depósito implica la entrega de una cantidad de efectivo como garantía del material que se ha recibido.

Finalmente, un aval no supone entrega de efectivo sino que garantiza la ejecución por parte del avalista del compromiso al que se llega en un acuerdo, en caso de que el avalado no haya cumplido lo acordado.

El tratamiento contable de estas figuras es diferente. Las fianzas y los depósitos suponen para la empresa entradas o salidas de dinero, según sean otorgados o recibidos, y las consecuentes obligaciones de devolución o derechos de recuperación. Por lo tanto, deberán figurar en el balance. Mientras que los avales no implican movimientos de efectivo y sólo se informará de ellos en la memoria. Sin embargo, los avales recibidos pueden generar gastos en su obtención, como por ejemplo el importe que puede cobrar un banco por el aval para licitar a un concurso de la Administración, pero en este caso lo que registraremos será un gasto financiero. Sólo en el caso de que la empresa haya concedido un aval y exista riesgo de que se ejecute, entonces deberá figurar el importe relativo a la obligación que nacería de la ejecución del mismo en una provisión en el pasivo del balance («142. Provisión para otras responsabilidades»).

Por último, cabe indicar que las fianzas y los depósitos pueden figurar en el activo (fianzas entregadas) o en el pasivo (fianzas recibidas) y a largo plazo y corto, según el plazo que vayan a permanecer en la contabilidad de la empresa.

3.4. Baja de pasivos financieros

Como norma general, el PGC permite variar la clasificación inicial de los pasivos financieros que se realiza a efectos de valoración contable de los mismos.

La única excepción es la prohibición de reclasificar aquellos pasivos financieros que se han incluido inicialmente en la categoría de pasivos financieros mantenidos para negociar y pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de PyG.

Tampoco está permitido reclasificar de cualquier otra categoría a cualquiera de las dos indicadas.

La razón de esta excepción estriba en que se trata de instrumentos financieros cuya valoración posterior es a valor razonable y los cambios producidos por ello tienen como contrapartida cuentas de resultado del ejercicio.

Según la norma de valoración núm. 9 del PGC, la empresa dará de baja un pasivo financiero cuando la obligación se haya extinguido

Como hemos visto en los ejemplos precedentes, al cancelar la deuda finaliza la obligación de pago y el pasivo financiero se salda.

Otro caso que plantea la norma es cuando se produce un intercambio de instrumentos de deuda entre un prestamista y un prestatario. En ese caso, sólo se dará de baja el instrumento financiero original si los dos instrumentos intercambiados tienen condiciones sustancialmente diferentes, es decir, cuando el valor actual de los flujos de efectivo del nuevo pasivo financiero sea diferente del valor actual de los flujos de efectivo remanentes del pasivo original. Concretamente, la norma indica que estos flujos deben ser diferentes al menos en un 10%.

Ejemplo de intercambio de instrumentos de deuda que tienen condiciones sustancialmente diferentes

Una empresa tiene concedido un préstamo por el Banco PPP cuyo importe pendiente de amortizar es de 100.000 € en un plazo de tres años y con un interés del 5% anual, pagándose una anualidad al cierre del ejercicio que incluye devolución de capital constante e intereses. La empresa decide cambiar esta deuda con el Banco RRR por el mismo importe, a un año y con un interés del 6% anual. La cancelación de la deuda inicial tiene unos gastos de 5.000 €.

Como las condiciones de los dos préstamos son diferentes, se permite dar de baja el instrumento original por el nuevo préstamo.

4. Activos financieros

Los instrumentos financieros que son una fuente de financiación para las empresas (pasivos financieros o instrumentos de capital) necesariamente son para otra parte una inversión de tipo financiero, es decir, un activo financiero.

Las empresas pueden poseer una gran variedad de activos financieros, por lo que es conveniente utilizar alguna de las numerosas clasificaciones que existen, para poder profundizar en ellos. En términos generales, podemos realizar una primera agrupación de los activos financieros en dos tipos:

a) Los activos financieros relacionados con la actividad mercantil de la empresa (créditos a clientes y deudores varios).

b) Los activos financieros no relacionados con la actividad mercantil de la empresa. A estos los denominamos inversiones financieras en sentido estricto, ya que están relacionados con la gestión financiera de la empresa más que con la actividad productiva.

Como en este capítulo nos vamos a centrar en las inversiones financieras en valores negociables, es conveniente conocer algunos aspectos relevantes de los mismos.

El término valores negociables se refiere a títulos-valores que pueden comprarse y venderse, que se pueden negociar. Si estas operaciones se llevan a cabo en mercados organizados, como por ejemplo el mercado de valores o bolsa, estaremos ante valores negociables con cotización oficial.

Los valores negociables se han clasificado tradicionalmente en dos grandes grupos:

1) Valores de renta variable. Son los que contablemente hemos denominado instrumentos de patrimonio neto, es decir, las acciones. Se utiliza el término renta variable, dado que la renta que generan esos valores son los dividendos que reparte la empresa. Como éstos dependen de los resultados obtenidos en el ejercicio y de los acuerdos de distribución de los mismos, no pueden considerarse rentas predeterminadas. Otra de las características de este tipo de valores es que su adquisición implica que el inversor se convierte en propietario, puesto que adquiere una parte alícuota del patrimonio de la sociedad.

2) Valores de renta fija. Son los valores que contablemente hemos clasificado como valores representativos de deuda y recogen un amplio abanico de instrumentos que pueden emitir tanto las empresas como las administraciones públicas: obligaciones, bonos, pagarés, etc. El término renta fija se refiere a la renta que generan estos instrumentos, los intereses, que puede conocerse con antelación.

Estos valores no proporcionan la condición de propietario al inversor, sino de acreedor de la empresa. El inversor presta dinero a la sociedad al adquirir el valor de renta fija que ésta ha emitido, y a su vez la empresa emisora se compromete a devolver el importe prestado en determinadas condiciones.

4.1. Concepto contable de activo financiero

Tanto la NIC 32, «Instrumentos financieros: presentación e información a revelar», como la norma de valoración núm. 9 del PGC definen de la siguiente forma un activo financiero. Un activo financiero es cualquier activo que posea alguna de las siguientes formas:

1) Efectivo.

2) Un instrumento de patrimonio neto de otra entidad.

3) Un derecho contractual:

a) a recibir efectivo u otro activo financiero de otra entidad

b) o a intercambiar activos financieros o pasivos financieros de otra entidad, en condiciones que sean potencialmente favorables para la entidad.

Si analizamos esta definición, podemos destacar los siguientes aspectos:

1) Se trata de activos, es decir, son recursos que deben cumplir las condiciones que indica el marco conceptual para que sean registrados como tales:

a) Derechos controlados económicamente por la empresa.

b) Resultantes de sucesos pasados.

c) De ellos se espera que la empresa obtenga beneficios o rendimientos económicos en el futuro.

2) Se pueden referir a efectivo, es decir, dinero que es el medio de pago mas utilizado.

3) Pueden presentar la forma de instrumento de capital de otra empresa, esto es, inversiones en acciones de otras empresas.

4) Puede tratarse de un derecho contractual a recibir efectivo, como por ejemplo cualquier derecho de cobro de un cliente o cualquier deudor. También se incluyen en esta categoría las adquisiciones de deuda emitida por otras empresas o instituciones (obligaciones, bonos, pagarés, etc.).

5) Por último, puede referirse a un derecho contractual a intercambiar otro instrumento financiero en condiciones potencialmente favorables. Un ejemplo de ello son los contratos derivados.

4.2. Clasificación contable de los activos financieros

Los activos financieros se clasifican contablemente en dos grandes grupos: aquellos que están relacionados con la actividad mercantil (derechos de cobro con clientes y deudores diversos) y los que tienen un carácter mayoritariamente financiero y no tienen relación con la actividad económica de la empresa (acciones de otras empresas, deuda emitida, créditos concedidos no comerciales, etc.). Los motivos por los que una entidad puede realizar este último tipo de inversiones son variados, pero a grandes rasgos podemos dividirlos en dos grupos según el objetivo que persigan:

1) Inversiones financieras que buscan rentabilidad. Este tipo de inversiones tiene por objeto recuperar un flujo de efectivo mayor que el entregado al realizar la inversión, y esto se puede conseguir mediante:

a) Las rentas que generan estas inversiones (intereses si son préstamos o dividendos si se trata de inversiones en patrimonio de otras empresas).

b) La compra de activos financieros para su posterior venta con beneficios.

2) Inversiones financieras que buscan el control de otras empresas. Este tipo de inversiones se realiza mediante la adquisición de instrumentos de patrimonio (acciones) para ejercer un mayor o menor grado de control sobre las empresas, dando lugar a la formación de grupos de empresas.

El PGC define seis categorías de activos financieros (que, como veremos más adelante, podremos encuadrar en esta clasificación general), y son las siguientes:

Al igual que en los pasivos financieros, cuando se registre un activo financiero deberá clasificarse en alguna de estas categorías, ya que ello determinará su tratamiento contable a efectos de valoración, tanto inicial como posterior. A continuación, pasamos a revisar la definición y el contenido de cada una de estas categorías.

4.2.1. Préstamos y partidas a cobrar

En la categoría de préstamos y partidas a cobrar clasificarán los créditos siguientes:

1) Créditos por operaciones comerciales que se generan en la actividad productiva de la empresa, tanto mediante la venta de bienes como en la prestación de servicios. A este tipo de créditos corresponden los derechos de cobro generados por los clientes y deudores varios.

2) Créditos por operaciones no comerciales, que son activos financieros que tienen todas las características que se relacionan a continuación:

a) No son instrumentos derivados.

b) No tienen origen comercial.

c) Sus cobros tienen cuantía determinada o determinable.

d) No se negocian en un mercado activo.

Por tanto, se trata de créditos financieros concedidos por la empresa, como por ejemplo los relacionados con la venta de inmovilizados. En ningún caso incluirán ni instrumentos derivados ni valores negociables (acciones y deuda emitida que no cumplan las condiciones anteriores).

4.2.2. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento

Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento comprenden los activos financieros que cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:

Se trata, por tanto, de valores negociables de renta fija que se van a mantener en la empresa hasta su fecha de vencimiento.

4.2.3. Activos financieros mantenidos para negociar

Se considera que una empresa posee un activo financiero para negociar si se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

Por tanto, en esta clase de activos financieros podemos encontrar cualquier tipo de valor negociable, ya sea de renta fija o variable, individual o gestionada mediante una cartera de instrumentos financieros identificada.

4.2.4. Otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de PyG

En la categoría de otros activos financieros a valor razonable con cambios en la renta de PyG se recogen los instrumentos financieros híbridos, que, como se ha indicado anteriormente, se definen como aquellos que combinan un contrato principal no derivado y un derivado financiero que no puede ser transferido de forma independiente

También podrán incluirse en esta categoría otros activos financieros que designe la empresa en el momento de reconocimiento inicial, siempre y cuando ello suponga obtener una información más relevante.

Un ejemplo de activo financiero híbrido pueden ser los llamados depósitos garantizados. En ellos se realiza un depósito de efectivo en una entidad financiera, que garantiza su devolución del 100% del importe en un plazo determinado y por el que además se acuerda una revalorización del efectivo depositado en función de un parámetro específico, por ejemplo la revalorización del IBEX-35. En este caso, el contrato principal es el depósito de efectivo, y el derivado no transferible independientemente será la opción de revalorización.

4.2.5. Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas

A esta categoría se adscriben las empresas consideradas del mismo grupo siguiendo el criterio del artículo 42 del Código de comercio y la norma de valoración núm. 13 de elaboración de cuentas anuales de la parte tercera.

Únicamente queda indicar que las inversiones en instrumentos de patrimonio en empresas consideradas del grupo, multigrupo o asociadas tienen un tratamiento específico y se registran en cuentas individualizadas para facilitar el proceso de consolidación contable, por el que se agregan las cuentas anuales individuales de las empresas del grupo en unas únicas cuentas anuales denominadas CC.AA. Consolidadas.

4.2.6. Activos financieros disponibles para la venta

Este último grupo de activos financieros se definen de forma residual, como aquellos que no se hayan clasificado en ninguna otra categoría anterior, excluyendo explícitamente los préstamos y partidas a cobrar.

Por tanto, en esta clase puede figurar cualquier tipo de valores negociables, tanto de renta fija como variable, así como instrumentos derivados que no cumplan las siguientes condiciones a su adquisición:

4.3. Reconocimiento y valoración de los activos financieros

Al igual que en los pasivos financieros, para poder registrar contablemente un activo financiero será necesario que el recurso en cuestión cumpla los siguientes requisitos:

1) Las condiciones requeridas a un activo para su reconocimiento:

a) Que gracias a él sea probable la obtención de beneficios o rendimientos económicos futuros para la empresa.

b) Que puedan valorarse con fiabilidad.

2) La condición necesaria para que todo instrumento financiero sea reconocido, es decir, que se convierta en parte obligada del contrato que supone todo instrumento financiero.

Si un recurso cumple estos requisitos de reconocimiento podrá registrarse como un activo financiero, y entonces será necesario clasificarlo para poder realizar su valoración inicial, que como norma general será a valor razonable. Más adelante, la valoración posterior a esta inicial será a coste amortizado o a valor razonable, según la clasificación inicial que hayamos realizado del activo financiero.

Para profundizar en estos criterios de valoración más específicamente en cada clase de activo financiero, comenzaremos por la revisión de las cuentas que utiliza el PGC para registrar estos activos y los criterios en los que se basa su estructura.

Las cuentas del PGC relacionadas con los activos financieros pueden agruparse en:

1) Cuentas de balance relativas a activos financieros:

La primera diferencia a tener en cuenta se refiere al tipo de operación de la que se trate. Los activos financieros relativos a operaciones comerciales se registran en cuentas del grupo 4 (Acreedores y deudores por operaciones comerciales) en los subgrupos 43 (Clientes) y 44 (Deudores).

Sin embargo, para las operaciones no comerciales se distingue entre el plazo de la misma. Los activos financieros de operaciones no comerciales a largo plazo se contabilizan en cuentas del grupo 2 (Activos no corrientes) en los subgrupos 24 (Inversiones Financieras Largo Plazo en operaciones vinculadas) y 25 (Otras Inversiones Financieras Largo Plazo), este último para operaciones con empresas no vinculadas. Sí los activos financieros no comerciales son a corto plazo, las cuentas a utilizar para su registro estarán situadas en el grupo 5 (Cuentas Financieras) en los subgrupos 53 (Inversiones Financieras Corto Plazo con partes vinculadas) y 54 (Otras Inversiones Financieras Corto Plazo)

2) Cuentas de resultado del ejercicio relativas a los activos financieros

Las cuentas de ingresos/gastos del ejercicio relativas a los activos financieros se encuentran situadas en los grupos 7 y 6, concretamente en el subgrupo «76. Ingresos financieros» y subgrupo «66. Gastos financieros».

Estos ingresos/gastos conforman el resultado financiero del ejercicio que se traspasa a la cuenta «129. Pérdidas y ganancias».

3) Cuentas de patrimonio neto relacionadas con los activos financieros.

Las variaciones de los activos financieros a valor razonable que se registran en patrimonio neto se reflejarán en cuentas del subgrupo «13. Subvenciones, donaciones y ajustes por cambios de valor», a través de cuentas de los grupos 8 (Gastos Imputados al Patrimonio Neto) y 9 (Ingresos Imputados a Patrimonio Neto).

4.3.1. Valoración inicial de los activos financieros

Una vez reconocido un activo financiero, debemos pasar a valorarlo. La norma general es que los activos financieros se valorarán a su valor razonable. Salvo evidencia de lo contrario, se considera que su valor razonable equivale a la contraprestación entregada en la adquisición del activo financiero más los costes de la transacción directamente atribuibles.

Valoración inicial = Valor razonable

Contraprestación entregada + Costes de la operación

Ejemplo 7. Aplicación de la norma general

La empresa DDD, S. A., adquiere a la emisión 100 obligaciones del Tesoro Público a diez años por un importe de 1.000 € cada una. La operación tiene unos gastos del 0,1% del importe de la transacción, que abona la empresa compradora. DDD, S. A., adquiere las obligaciones con la intención de mantenerlas hasta su vencimiento.

El registro contable que realizará DDD, S. A, a la fecha de compra será el siguiente:

Tabla 114.

Código

Cuenta

Debe

Haber

251

Valores representativos de deuda a L. P.

(100 obligaciones x 1.000 €/obligación) +

(100.000 x 0,1%)

100.100

57

Tesorería

100.100

Sin embargo, hay que tener en cuenta tres excepciones a la norma general:

1) Cuando una inversión financiera se clasifique como «activo financiero mantenido para negociar», los costes de la transacción que le sean directamente atribuibles se registrarán como resultado del ejercicio.

Ejemplo 8

La empresa HHH, S. A., adquiere en bolsa 2.000 acciones de IBERDULCE, S. A., cuando cotizan a 300 €/acción y paga unos gastos del 0,05% del importe desembolsado. La adquisición se realiza con la intención de volver a vender las acciones en cuanto éstas incrementen su cotización, lo que se espera que suceda en el corto plazo.

En este caso, habría que calificar este activo financiero como «mantenido para negociar», y su valoración y registro inicial sería el siguiente:

Tabla 115.

Código

Cuenta

Debe

Haber

540

Inversiones financieras temporales en instrumentos de patrimonio (2.000 acciones x 300 €/acción)

600.000

669

Otros gastos financieros (600.000 x 0,05%)

300

57

Tesorería

600.300

2) Si se adquiere la inversión financiera con intereses explícitos devengados y no vencidos, o bien dividendos acordados por el órgano competente en el momento de la adquisición, entonces tanto los intereses como los dividendos se registrarán de forma independiente en función de su vencimiento, dado que se consideran incluidos en el precio que se está pagando por el activo financiero adquirido.

Ejemplo 9. Adquisición de valores de renta fija con intereses devengados y no vencidos

El 1 de febrero del año X2 la empresa HHH, S. A., adquiere en el mercado 100 bonos del Estado con la intención de mantenerlos hasta su vencimiento.

Las condiciones de la adquisición son las siguientes:

Valor nominal: 1.000 €/bono.

Precio de adquisición: 100% s/nominal.

Fecha de emisión: 1/1/X1.

Fecha de vencimiento: 31/12/X3.

Tipo de interés nominal: 5% anual pagadero anualmente cada 31 de diciembre con retención del 19%.

Gastos de la operación: 100 €.

Como los bonos se adquieren con la intención de esperar a su reembolso a la fecha de vencimiento, se califican como «inversiones mantenidas al vencimiento» y el valor por el que se registrarán será el siguiente:

71080_m3_08.tif

Como las obligaciones se adquieren el 1 de febrero, cuando ha pasado un mes desde el último vencimiento de los intereses, esto quiere decir que se adquieren con un mes de intereses devengados, los correspondientes al mes de enero. Por tanto, estos intereses se calculan de la siguiente forma:

Intereses devengados no vencidos = 100.000 € × 5% × 1 mes/12 meses = 416,67 €

Y este importe se deduce de la valoración inicial de la inversión financiera (cuenta 251) y se registran como un derecho de cobro a corto plazo (cuenta 526) que viene incorporado con la misma.

Tabla 116.

Código

Cuenta

Debe

Haber

251

Valores representativos de deuda L. P.

99.683,33

546

Intereses a C. P. de valores representativos de deuda

416,67

57

Tesorería

100.100

Cuando el 31 de diciembre del año X2 se cobren los intereses anuales de la inversión financiera con una retención del 19%, entonces HHH, S. A., deberá hacer dos asientos:

1) Contabilizar los intereses devengados a 31/12/X2:

Al cierre del ejercicio deben contabilizarse tanto los intereses nominales como el interés efectivo.

Para ello se calcula el interés efectivo de la operación:

100.100 = 5.000/ (1+I)11/12 + 105.000/(1+I)23/24

I = 5,176946%

El interés nominal devengado durante los once meses del ejercicio X2 que la empresa HHH, S. A. ha sido propietaria de las obligaciones asciende a:

100.000 × 5% × 11 meses/ 12 meses = 4.583,33 €

El interés efectivo devengado durante ese periodo ascenderá a:

100.100 × (1 + 0,05176946)(334/365) − 100.100 = 4.731,76 €

El asiento a realizar reflejará el derecho de cobro que se genera por los intereses nominales devengados, el ingreso financiero que es el interés efectivo y la parte de los gastos de la operación que se amortizan.

Tabla 117.

Código

Cuenta

Debe

Haber

546

Intereses C. P. de valores representativos de deuda

4.583,33

761

Ingresos de valores representativos de deuda

4.731,76

251

Valores representativos de deuda L. P.

148,43

2) Contabilizar el cobro de los intereses a 31/12/X2:

El derecho de cobro que se cancela a esta fecha está registrado en la cuenta 546, y su saldo es de 5.000 € (= 416,67 + 4.583,33). Sin embargo, en la tesorería de la empresa sólo se cobrará el 81%, puesto que a HHH, S. A., se le retendrá el 19% del ingreso.

Tabla 118.

Código

Cuenta

Debe

Haber

57

Tesorería (5.000 € x 0,81)

4.050

473

H. P., retenciones y pagos a cuenta (5.000 € x 0,19)

950

546

Intereses a C. P. de valores representativos de deuda

5.000

Ejemplo 10. Adquisición de instrumentos de patrimonio con dividendos acordados

La empresa QQQ, S. A., adquirió 10.000 acciones de TELEFONINOS, S. A., en la bolsa cuando éstas cotizaban al 250%. El nominal de las acciones es de 10 €/acción y cuando se adquirieron TELEFONINOS había acordado en su junta general de accionistas celebrada un mes antes repartir un dividendo de 0,5 €/acción. El dividendo está pendiente de cobro cuando se adquieren las acciones. Además, sabemos que la operación de adquisición tuvo unos gastos para el comprador de 150 € y que éste no tiene más acciones de TELEFONINOS, S. A., ni intención de especular con ellas.

En este caso, QQQ, S. A., calificará su inversión financiera como «activos financieros disponibles para la venta», al no poder incluirse en ninguno de los otros grupos posibles.

La valoración inicial de la inversión será la siguiente:

71080_m3_09.tif

En este caso, al existir unos dividendos devengados y no cobrados cuando se han adquirido las acciones, el importe de los mismos deberá deducirse de la valoración inicial de la inversión financiera (cuenta 250) y registrarse como un derecho de cobro (cuenta 545), como se indica en el siguiente asiento:

Tabla 119.

Código

Cuenta

Debe

Haber

250

Inversiones financieras a L. P. en instrumentos de patrimonio

245.150

545

Dividendo a cobrar

5.000

57

Tesorería

250.150

Cuando se cobre el dividendo, se cancelará el derecho de cobro registrado a la adquisición (cuenta 545) y se registrará una entrada de efectivo en tesorería por el 81%, ya que se realizará una retención del 19%. El asiento a contabilizar será el siguiente:

Tabla 120.

Código

Cuenta

Debe

Haber

57

Tesorería (5.000 x 0,81)

4.050

473

H. P., retenciones y pagos a cuenta (5.000 x 0,19)

950

545

Dividendo a cobrar

5.000

3) Cuando la inversión financiera sea un instrumento de patrimonio, cualquiera que sea su clasificación, se considera que los derechos de suscripción preferentes forman parte del precio de adquisición.

Cada acción posee un derecho preferente de suscripción con el que se trata de evitar el efecto dilución del valor teórico de las acciones que puede producirse en las ampliaciones de capital. Por ello, el valor teórico de un derecho de suscripción será la diferencia entre el valor teórico de una acción antes de la ampliación de capital y el valor teórico de esa misma acción después de dicha ampliación.

Si el valor del derecho de suscripción forma parte del valor de la acción adquirida como inversión financiera, eso quiere decir que:

Ejemplo 11. Adquisición de acciones y derechos de suscripción

La empresa GGG, S. A., posee 1.000 acciones de AGUASPOTABLES, S. A., y las ha clasificado como «activos financieros mantenidos para negociar». AGUASPOTABLES, S. A., realiza una ampliación de capital con una relación de una nueva acción por cada cinco antiguas a un precio de emisión de 600 €/acción y con un derecho de suscripción preferente que cotiza a 20 €/derecho. GGG, S. A., desea adquirir 300 nuevas acciones, y para ello está dispuesta a ejercer todos sus derechos de suscripción preferentes, así como a adquirir los que sean necesarios.

Que la ampliación tenga una relación de 5 x 1 quiere decir que, para adquirir una nueva acción, serán necesarios cinco derechos de suscripción. Como GGG, S. A., posee 1.000 acciones, posee 1.000 derechos y por tanto puede comprar 200 acciones (= 1.000 acciones/5). Para comprar las 100 acciones que restan hasta las 300 que quiere adquirir, deberá obtener 500 derechos (= 100 acciones × 5), que serán comprados en el mercado por 10.000 € (= 500 derechos × 20 €/derecho).

Por tanto, el importe por el que GGG, S. A., registrará la inversión financiera en las 300 acciones de AGUASPOTABLES, S. A., será de:

71080_m3_10.tif

El registro contable de la adquisición de las acciones se realizará por estos 190.000 €, es decir, incluiremos el coste de los derechos adquiridos al valor de la inversión financiera (cuenta 540), como se indica en el siguiente asiento:

Tabla 121.

Código

Cuenta

Debe

Haber

540

Inversiones financieras a C.P. en instrumentos de patrimonio

190.000

57

Tesorería

190.000

4.3.2. Valoración posterior de los activos financieros

La valoración posterior a la inicial de los activos financieros dependerá de la calificación contable que la empresa les haya dado inicialmente. Como se muestra en el cuadro siguiente, las inversiones financieras deberán valorarse a coste amortizado (inversiones financieras mantenidas al vencimiento) o a valor razonable. Dentro de las que se valoran a este último criterio, debemos distinguir aquéllas cuyos cambios producidos por aplicar el valor razonable se consideran resultado del ejercicio (activos financieros mantenidos para el vencimiento) y las que llevan estos cambios a patrimonio neto hasta que se den de baja (activos financieros disponibles para la venta).

Tabla 122. Valoración posterior de activos financieros

Clase activo financiero

Valoración posterior

Inversiones mantenidas hasta el vencimiento

Coste amortizado

Intereses devengados son resultado del ejercicio, calculados según el método de interés efectivo

Activos financieros mantenidos para negociar

Valor razonable

Sin deducir los costes de la transacción directamente

Los cambios por valor razonable se registran como resultado del ejercicio

Activos financieros disponibles para la venta

Los cambios por valor razonable se registran en el patrimonio neto hasta que se dé de baja el activo y se impute como resultado del ejercicio

El valor razonable que se utiliza en la valoración posterior de los activos financieros no incluirá la deducción en dicho valor de los costes de la transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación.

A continuación, veamos algunos ejemplos de aplicación de estos criterios generales.

Ejemplo 12. Valoración posterior de una inversión financiera mantenida hasta el vencimiento

El 1 de abril del X1 la empresa JJJ, S. A., adquiere a la emisión 1.000 bonos de RUBIO, S. A., con la intención de esperar al vencimiento de éstos para recuperar la inversión realizada. Las condiciones de esta emisión son las siguientes:

Nominal bono: 500 €/bono.

Precio emisión: 100% nominal.

Tipo de Interés: 4% anual pagadero cada 31 de marzo.

Devolución del principal: íntegramente al vencimiento.

Vencimiento de la emisión: 31/3/X3.

Gastos de la operación de compra: 1°/00.

Para contabilizar las operaciones de esta inversión de JJJ, S. A., elaboramos el gráfico de los flujos de efectivo que tendrán lugar:

71080_m3_11.tif

El tipo de interés efectivo de la operación se calcula de la siguiente forma:

500.500 = (20.000 / (1 + I)) + (520.000 / (1 + I)2)

I = 3,94702063768%

Para calcular el coste amortizado de la inversión, es útil elaborar el siguiente cuadro relativo a la vida de la inversión:

Tabla 123. Cuadro relativo a la vida de la inversión a coste amortizado

Información financiera

Información contable

1. Periodo

2. Inversión viva

3. Interés a cobrar (interés nominal)

4. Inversión a recuperar a la fecha

5. Ingreso financiero (interés efectivo)

6. Coste amortizado

1/4/X1

500.000,00

500.500,00

31/3/X2

500.000,00

20.000,00

0

19.754,84

500.254,84

31/3/X3

20.000,00

500.000

19.745,16

0

Total

40.000,00

39.500,00

En donde:

a) Información financiera:

1) Periodo de tiempo: intervalo transcurrido entre un movimiento de flujos de efectivo y otro.

2) Inversión viva: importe pendiente de recuperar en ese momento.

3) Interés a cobrar: interés nominal del periodo que se calcula como:

tipo interés nominal × inversión viva al final del periodo anterior (2)

4) Inversión recuperada a la fecha: importe de la inversión que se recupera en ese momento.

b) Información contable:

5) Ingreso financiero: interés efectivo de la inversión, que será el ingreso que se imputa a resultado del ejercicio. Se calcula como:

tipo interés efectivo x coste amortizado al final del periodo anterior (6)

6) Coste amortizado: coste amortizado periodo anterior − inversión a recuperar a la fecha (4) − [interés a cobrar (3) − ingreso financiero (5).]

La contabilidad de la operación será la siguiente:

1/4/X1: adquisición de los bonos y valoración inicial

Como se trata de una inversión financiera cuya recuperación se espera realizar al vencimiento, se calificará como «inversión mantenida al vencimiento» y su valoración inicial será el valor razonable de la contraprestación entregada más los gastos de la operación.

Tabla 124.

Código

Cuenta

Debe

Haber

251

Valores representativos de deuda a L. P.

500.500

57

Tesorería

500.500

31/12/X1: cierre del ejercicio

a) Ingresos financieros devengados y coste amortizado de la inversión.

Los ingresos financieros se calcularán sobre el interés efectivo (columna 5 del cuadro de «coste amortizado») y se contabilizan como un ingreso del ejercicio (cuenta 761). Sin embargo, los intereses que se van a cobrar serán los intereses nominales (columna 3 del cuadro «coste amortizado») y lo que generan es un derecho de cobro (cuenta 546). La diferencia entre el interés nominal y el efectivo reduce el valor de la inversión (cuenta 251) por el importe de los gastos de la adquisición devengados e imputados.

Al cierre del ejercicio sólo habrá que contabilizar los ingresos financieros devengados a la fecha: desde el 1 de abril al 31 de diciembre, es decir, nueve meses de los doce que han de pasar para que se devengue el interés anual. Por tanto, las cifras que se imputan en el siguiente asiento se refieren a 9/12 del total de los importes anuales.

Tabla 125.

Código

Cuenta

Debe

Haber

546

Intereses representativos de deuda a C. P.

(20.000 € x 9 meses/12 meses)

15.000

251

Valores representativos de deuda a L. P.

(15.000 – 14.816.13)

183,87

761

Ingresos de valores representativos de deudas (19.754,84 € x 9 meses/12 meses)

14.816,13

Tras este asiento, la inversión contabilizada a 31 de diciembre figurará en el activo del balance por su coste amortizado, cuyo importe será de:

Saldo cuenta (251) = 500.500 − 183,87 = 500.316,13

b) Reclasificación de la inversión.

En esta fecha no es necesario reclasificar, puesto que la recuperación de la inversión tendrá lugar a más de doce meses.

31/3/X2: cobro de los intereses anuales (retención del 19%)

a) Devengo de ingresos financieros.

Al igual que el asiento a) del 31 de diciembre, contabilizamos los ingresos financieros y los intereses a pagar, pero en este caso sólo los correspondientes a tres meses del ejercicio X2: del 1 de enero al 31 de marzo.

Tabla 126.

Código

Cuenta

Debe

Haber

546

Intereses representativos deuda C. P.

(20.000 € x 3 meses/12 meses)

5.000

251

Valores representativos de deuda a L. P.

(5.000 – 4.938,71)

61,29

761

Ingresos de valores representativos de deudas (19.754,84 x 3 meses/12 meses)

4.938,71

El coste amortizado que figurará en la cuenta representativa de la inversión financiera ascenderá en este momento a:

Saldo cuenta (251) = 500.316,13 − 61,29 = 500.254,84 €

b) Cobro de los intereses con retención del 19%.

Una vez registrado el derecho de cobro de los intereses (cuenta 546), lo cancelamos a su cobro. Sin embargo, en la tesorería de la empresa no se recibirá el importe total sino únicamente el 81%, puesto que el 19% restante lo retiene la empresa pagadora, que lo ingresará directamente en la Hacienda pública. Esta retención se contabiliza en el debe de la cuenta 473, que recoge las retenciones de este tipo que se le realizan a la empresa, así como posibles pagos a la Hacienda pública a cuenta de impuestos futuros. Esta cuenta se salda cuando se liquida el impuesto sobre beneficios con Hacienda.

Tabla 127.

Código

Cuenta

Debe

Haber

57

Tesorería (20.000 x 81%)

16.200

473

H. P. retenciones y pagos a cuenta (20.000 x 19%)

3.800

546

Intereses representativos de deuda a C. P.

20.000

31/12/X2: cierre del ejercicio

a) Ingresos financieros devengados y coste amortizado de la inversión.

Tabla 128.

Código

Cuenta

Debe

Haber

546

Intereses representativos de deuda a C. P.

(20.000 € x 9 meses/12 meses)

15.000

251

Valores representativos de deuda a L. P.

(15.000 – 14.808,87)

191,13

761

Ingresos de valores representativos de deudas (19.745,16 € x 9 meses/12 meses)

14.808,87

El planteamiento de este asiento es similar al del 31 de diciembre del ejercicio X1, pero con los datos del X2. El coste amortizado de la inversión financiera al cierre del ejercicio ascenderá a:

Saldo cuenta (251) = 500.254,84 − 191,13 = 500.063,71

b) Reclasificación de la inversión.

Como el importe de 500.063,71 € que figura en la cuenta 251 se refiere a una inversión financiera que vence en los próximos doce meses, es necesario reclasificarla y registrarla en una cuenta a corto plazo, como se indica en el siguiente asiento:

Tabla 129.

Código

Cuenta

Debe

Haber

251

Valores representativos de deuda a L. P.

500.063,71

541

Valores representativos de deuda a C. P.

500.063,71

31/3/X3: cobro de los intereses anuales (retención del 19%) + recuperación de la inversión

a) Devengo de intereses.

Como en los asientos del ejercicio X2, debemos imputar tres meses de ingresos financieros y los derechos de cobro correspondientes a los intereses nominales de los tres meses restantes.

Tabla 130.

Código

Cuenta

Debe

Haber

546

Intereses representativos de deuda a C. P.

(20.000 € x 3 meses/12 meses)

5.000

541

Valores representativos de deuda a C. P.

(5.000 – 4.936,29)

63,71

761

Ingresos de valores representativos de deudas (19.745,16 € x 3 meses/12 meses)

4.936,29

Con este asiento, la cuenta 541 tendrá un saldo de 500.000 € (500.063,71 − 63,71), que es el importe que se va a recuperar de la inversión. Si analizamos la evolución del saldo de esta cuenta, vemos que inicialmente reflejaba el precio de adquisición de la inversión más los gastos de la operación (= 500.500). Al irse devengando estos gastos, sus importes han ido minorando el saldo de la cuenta 541, de forma que, cuando se va a recuperar la inversión, los gastos de la operación inicial estarán totalmente imputados a resultado y el valor del saldo de la cuenta de la inversión financiera coincide con el valor a recuperar.

b) Cobro de los intereses con una retención del 19%.

Tabla 131.

Código

Cuenta

Debe

Haber

57

Tesorería (20.000 € x 81%)

16.200

473

H. P. retenciones y pagos a cuenta (20.000 € x 19%)

3.800

546

Intereses representativos de deuda a C. P.

20.000

c) Recuperación de la inversión en los bonos.

Tabla 132.

Código

Cuenta

Debe

Haber

57

Tesorería

500.000

541

Valores representativos de deuda a C. P.

500.000

Ejemplo 13. Valoración posterior de activos financieros mantenidos para negociar

La empresa SSS, S. A., compra 1.000 acciones de 10 € de nominal, al 160%, el día 30 de noviembre. Los gastos de la operación abonados por SSS, S. A., ascienden a 20 €. La inversión es temporal y tiene carácter especulativo. El valor razonable de las acciones a 31 de diciembre es de 20 €/acción.

El tratamiento contable de la inversión será de «Activos financieros mantenidos para negociar».

El valor razonable de la inversión a la adquisición será:

Precio adquisición acciones = 1.000 acciones × 10 €/acción × 160% = 16.000 €

30/11: valoración inicial

Al tratarse de un activo financiero mantenido para negociar los gastos de la operación se consideran gastos del ejercicio y no forman parte del valor inicial de la inversión.

Tabla 133.

Código

Cuenta

Debe

Haber

540

Inversiones financieras a C. P. en instrumentos de patrimonio (1.000 acciones x 10 €/acción x 160%)

16.000

669

Otros gastos financieros

20

57

Tesorería

16.020

31/12: valoración posterior: valor razonable con cambios a resultado del ejercicio

Como se indica que el valor razonable de una acción al cierre del ejercicio es de 20 € y las acciones están contabilizadas a 16 € cada una, habrá que incrementar su valoración posterior en 4 €/acción. Este aumento de la valoración inicial se reconocerá como un ingreso del ejercicio en una cuenta del subgrupo 76 de ingresos financieros.

Tabla 134.

Código

Cuenta

Debe

Haber

540

Inversiones financieras a C. P. en instrumentos de patrimonio (1.000 acciones x 4 €/acción)

4.000

763

Beneficios por valoración de instrumentos financieros a valor razonable

4.000

Si la valoración posterior supusiera una disminución de la valoración precedente, entonces se reconocería un gasto del ejercicio en una cuenta del subgrupo 66 de gastos financieros.

Ejemplo 14. Valoración posterior de activos financieros disponibles para la venta

Los mismos datos del ejemplo 13, pero vamos a suponer que la empresa califica las acciones como «activos financieros disponibles para la venta», ya que no ha adquirido las acciones para obtener ganancias en el corto plazo, ni tampoco aquéllas pertenecen a empresas vinculadas.

Entonces, en este caso, el valor razonable de la inversión a la adquisición incluirá los gastos de la operación y se calculará de la siguiente forma:

71080_m3_12.tif

30/11: valoración inicial

Tabla 135.

Código

Cuenta

Debe

Haber

250

Inversiones financieras a L. P. en instrumentos de patrimonio (1.000 acciones x 10 €/acción x 160%) + 20 €

16.020

57

Tesorería

16.020

31/12: valoración posterior: valor razonable con cambios a patrimonio neto

El valor razonable de una acción al cierre es de 20 € y su valor contable inicial es de 16,02 € (= 16.020 €/ 1.000 acciones). Por tanto, habrá que incrementar su valoración posterior en 3,98 €/acción (= 20 − 16,02). Este aumento de la valoración inicial se reconocerá como un ingreso en cuentas de patrimonio neto y se considerará resultado del ejercicio cuando se produzca la baja del instrumento financiero.

Para contabilizar esta variación del valor, utilizaremos cuentas de los grupos 8 y 9. Las cuentas de estos grupos son gastos e ingresos que, al final del ejercicio, en vez de saldarse contra la cuenta de PyG de resultado del ejercicio se saldan contra cuentas del subgrupo 13, que incluye los ajustes por cambios de valor que se registran en patrimonio neto.

El registro contable de la valoración posterior a valor razonable será el siguiente:

Tabla 136.

Código

Cuenta

Debe

Haber

250

Inversiones financieras a L. P. en instrumentos de patrimonio (1.000 acciones x 3,98 €/acción)

3.980

900

Beneficios en activos financieros disponibles para la venta

3.980

Si la valoración posterior supusiera una disminución de la valoración precedente, entonces ésta se registraría en la cuenta 800.

Al realizar el cierre contable del ejercicio, se traspasa el saldo de las cuentas de los grupos 8 y 9 a la cuenta «133. Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta».

4.3.3. Correcciones valorativas de activos financieros: deterioro de activos

Los activos registrados en el balance pueden sufrir una pérdida reversible que se denomina deterioro de valor. La prueba de deterioro en los activos financieros deberá realizarse al menos una vez al cierre del ejercicio, y su tratamiento contable dependerá de la clasificación que se haya realizado del activo financiero. Como norma general, se deberá comparar el valor en libros y el valor recuperable del activo y, si éste es inferior, deberá reconocerse una pérdida por deterioro.

Para las inversiones financieras mantenidas hasta el vencimiento, deberemos comparar el coste amortizado (que es su valor en libros) y el valor actual neto de los flujos de efectivo esperados (que será su valor recuperable). En el caso de que el valor de mercado del instrumento financiero sea suficientemente fiable, éste puede ser sustituto del VAN de flujos de efectivo. En caso de existir deterioro, se registrará como una pérdida del ejercicio y, si éste revirtiera en ejercicios posteriores, se reconocería como un ingreso del ejercicio con el límite del valor en libros anterior al deterioro (ved los ejemplos 15 y 16 de este apartado).

En principio, aquellos activos cuya valoración posterior sea a valor razonable no deberían sufrir deterioro; sin embargo, esto sólo se cumple para aquellos en los que los cambios por aplicación de valor razonable se registran como resultado del ejercicio (caso de los «activos financieros mantenidos para negociar»).

En el caso de los «activos financieros disponibles para la venta», como los cambios por valoración posterior a valor razonable se contabilizan en cuentas de patrimonio neto, deberá registrarse el deterioro de valor si éste se produjera. Para hacer la prueba de deterioro a los activos financieros calificados como «disponibles para la venta», compararemos el coste o coste amortizado del activo al que deduciremos las posibles correcciones por deterioro previamente reconocidas (lo que se considerará su valor en libros) con el valor razonable en el momento en que se efectúe la prueba de deterioro (lo que se considerará su valor de recuperación). Al igual que para el caso anterior, las pérdidas por deterioro y su reversión se registrarán como resultado del ejercicio, con el límite del valor anterior al deterioro.

Ejemplo 15. Deterioro de valor de una inversión mantenida hasta el vencimiento

El 1 de enero del año X1 la empresa DDD, S. A., adquiere a la emisión, y para mantener hasta el vencimiento, 100 bonos cotizados de la empresa ENSEDE, S. A., a tres años en las siguientes condiciones:

Nominal bono: 1.000 €.

Precio emisión: a la par.

Precio de reembolso: 100%.

Tipo de Interés nominal: 4% anual pagadero cada 31 de diciembre.

Reembolso: 100% al vencimiento.

Gastos de la operación a pagar por el comprador: 20 €

El 31/12/X1 la cotización de los bonos es de 980 €/bono. ¿Habrá que realizar algún asiento relativo a esta información?

Para saber si existe deterioro a 31/12/X1, como se trata de un título cotizado tendremos que comparar valor en libros y cotización y, si ésta es mayor, la diferencia se registrará como deterioro de valor.

Por el enunciado, sabemos que a 31/12X1 la cotización de un bono es de 980 €. Nos falta saber cuál será el valor en libros de los bonos a esa fecha, es decir, su coste amortizado.

Para ello, lo más adecuado es establecer los flujos de efectivo de la operación y calcular el interés efectivo, que nos permitirá obtener el coste amortizado.

71080_m3_13.tif

El interés efectivo de la operación será:

100.020 = (4.000 / (1 + I)) + (4.000 / (1 + I)2) + (104.000 / (1 + I)3)

I = 3,99279401486%

Tabla 137. Cuadro relativo a la vida de la inversión a coste amortizado

Información financiera

Información contable

1. Periodo

2. Inversión viva

3. Interés a cobrar (interés nominal)

4. Inversión a recuperar a la fecha

5. Ingreso financiero (interés efectivo)

6. Coste amortizado

1/1/X1

100.000,00

100.020,00

31/12/X1

100.000,00

4.000,00

0,00

3.993,59

100.013,59

31/12/X2

100.000,00

4.000,00

0,00

3.993,34

100.006,93

31/12/X3

100.000,00

4.000,00

100.000

3.993,07

0,00

Total

12.000,00

Con estos datos podemos comparar el valor en libros (coste amortizado) y el valor de recuperación (cotización):

71080_m3_14.tif

Habrá que registrar este deterioro de valor como una pérdida del ejercicio:

Tabla 138.

Código

Cuenta

Debe

Haber

696

Pérdidas por deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a L. P.

2.013,59

297

Deterioro de valor de valores representativos de deuda a L. P.

2.013,59

Ejemplo 16. Reversión del deterioro de valor de una inversión mantenida hasta el vencimiento

Siguiendo con el ejemplo 15, supongamos que la cotización de los bonos a 31/12/X2 es de 1.070 €/ bono. ¿Qué asientos conllevaría esta información?

A 31/12/X2, las cuentas relativas al valor de la inversión presentarán los siguientes saldos:

«541. Valores representativos de deuda C.P»: SD = 100.006,93 (ved la columna 6 del cuadro «amortización»).

«597. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a C. P.»: SH = 2.013,59.

Valor en libros = 100.006,93 − 2.013,59 = 97.993,34 €

Si este importe lo comparamos con la cotización, que es de 107.000 € (= 1.070 €/bono × 100 bonos), vemos que el deterioro que se registró el ejercicio pasado ha revertido. Dicha reversión se contabilizará como ingreso del ejercicio, pero con el límite del valor del activo antes del deterioro. En este caso, el límite es 100.013,59 €, que es el valor del activo a la fecha de reversión si no se hubiera producido el deterioro anterior. El asiento que se deberá registrar será el siguiente:

Tabla 139.

Código

Cuenta

Debe

Haber

597

Deterioro de valor de valores representativos de deuda a C. P.

2.013,59

7988

Reversión del deterioro en valores representativos de deuda a C. P. en otras empresas

2.013,59

4.4. Baja de activos financieros

Para la reclasificación, al igual que en los pasivos financieros, la norma general es la siguiente: se puede reclasificar cualquier activo financiero con la excepción de los activos financieros cuya valoración posterior sea a valor razonable y los cambios producidos por ésta se lleven a resultado del ejercicio.

Por tanto, los los activos financieros clasificados como «mantenidos para negociar» no se podrán reclasificar a otra categoría, ni tampoco podrá registrarse el proceso contrario, es decir, clasificar cualquier activo financiero de otra categoría a «mantenido para negociar».

En cuanto a la reclasificación de inversiones financieras mantenidas hasta el vencimiento, será obligatorio su traslado a «inversiones financieras disponibles para la venta» si existe un cambio de intención de venta o de la capacidad financiera de la empresa, o una venta o reclasificación por un importe no insignificante durante el ejercicio o en los dos precedentes, excepto cuando la venta o reclasificación correspondan a inversiones muy próximas al vencimiento, siempre que hayan ocurrido cuando la empresa haya cobrado la práctica totalidad del principal y/o sean atribuibles a un suceso aislado, fuera de control de la empresa, no recurrente y que no podría haber sido anticipado.

La reclasificación de las inversiones financieras mantenidas hasta el vencimiento a inversiones disponibles para la venta implicará que:

Si cambiaran las circunstancias que motivaron la reclasificación y los activos financieros volvieran a registrarse como «mantenidos hasta el vencimiento», entonces:

Una empresa debe dar de baja un activo financiero cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

1) Expiren o se hayan cedido los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo del activo financiero y se hayan cedido de manera sustancial los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del mismo.

2) Se haya cedido el control sobre el activo financiero, es decir, cuando el cesionario se encuentre con capacidad de transmitir dicho activo.

Ejemplo 17. Venta de un activo financiero disponible para la venta

La empresa RRR, S. A., posee 300 acciones de ENSEDESA, S. A., calificadas como «activos financieros mantenidos para negociar». A 30/9/X2 el saldo de la cuenta «540. Inversiones financieras temporales en instrumentos de patrimonio» tiene un importe deudor de 9.000 €. El día 1 de octubre de ese año se venden estas acciones por 10.000 €. Hay que registrar la operación de venta.

Tabla 140.

Código

Cuenta

Debe

Haber

570

Tesorería

10.000

540

Inversiones financieras temporales en instrumentos de patrimonio

9.000

766

Beneficios en participaciones y valores representativos de deuda

1.000

En el caso de que la operación se hubiera saldado con una pérdida, ésta se hubiera contabilizado en la cuenta «666. Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda».

Por último, debemos indicar que, en caso de que se dé de baja un activo financiero con rentas devengadas no vencidas (intereses o dividendos), el ingreso que éstas representan ha de contabilizarse separadamente del resultado de la venta del activo.