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TRATAMIENTOS Y PROTOCOLO

NORMAS GENERALES

 

8.1. En EL PAÍS se suprimirán todo tipo de tratamientos honoríficos. Esta norma alcanza incluso a los de uso más corriente, como ‘don’ y ‘señor’, o sus equivalentes femeninos, delante de nombres y apellidos, excepto en miembros de la familia real. Esta restricción comprende también los siguientes casos:

— Los de ‘mister’, ‘monsieur’, ‘herr’, ‘signor’, etcétera, precediendo a un apellido extranjero.

— Los de ‘reverendo’, ‘padre’, ‘fray’, ‘sor’, ‘hermana’ o ‘madre’, en el caso de los curas y religiosos.

— El de ‘mosén’, para sacerdotes catalanes.

— Los de ‘eminentísimo’, ‘reverendísimo’ o ‘monseñor’, cuando se trate de títulos eclesiásticos.

— Los de ‘excelentísimo’, ‘ilustrísimo’, ‘magnífico’ o ‘doctor’, para las dignidades civiles, militares o académicas.

Sólo puede hacerse excepción a esta regla en las citas textuales o si la información gana especial énfasis o significado.

 

8.2. En cambio, se respetan (y se escribirán con mayúscula inicial) los tratamientos o cargos en los nombres de personajes de ficción, de entidades, del callejero, etcétera. Ejemplos: ‘Don Quijote’, ‘el Capitán Trueno’, ‘el Conde de Montecristo’, ‘hotel Reina Cristina’, ‘calle del Príncipe de Vergara’, ‘el colegio Infante Don Juan Manuel’, ‘el Príncipe de Asturias, buque insignia’.

 

8.3. En español, el ‘don’ va siempre delante del nombre o de éste y uno o los dos apellidos (‘don Luis’, ‘don Luis Pérez’). En cambio, ‘señor’ sólo se usa delante de los apellidos (‘el señor Pérez’, pero no, por vía de anglicismo, ‘el señor Luis Pérez’). Así se hará cuando se aplique la excepción prevista en las últimas líneas del apartado 8.1, a no ser que, por razones del relato, convenga utilizar vulgarismos como ‘el señor Luis’.

 

8.4. No siempre se precisa anteponer los títulos de realeza o de nobleza (‘rey’, ‘príncipe’, ‘conde’, ‘lord’) al nombre de sus poseedores, y nunca irán acompañados de los tratamientos anejos al título. Puede escribirse ‘el príncipe Felipe de Edimburgo’, pero también ‘Felipe de Edimburgo’; se prefiere ‘la reina Isabel II de Inglaterra’, por ser más sencillo y directo, a lo ampuloso de ‘su graciosa majestad la reina Isabel II de Inglaterra’.

 

 

FAMILIA REAL ESPAÑOLA

 

8.5. En la Monarquía española, los miembros de la familia real son el Rey, la Reina, los príncipes de Asturias y las infantas (hermanas, hijas del Rey, hijas de los príncipes) y sus maridos.

El Rey es monarca, pero no la Reina. Y ninguno de los dos es ‘soberano’, pues la soberanía reside en el pueblo español.

 

8.6. El nombre de cualquiera de los miembros de la familia real se escribirá precedido de ‘don’ o ‘doña’ siempre que se le cite por su nombre de pila y sin tratamiento honorífico o título y sin el ordinal dinástico (‘don Felipe de Borbón y Grecia’, ‘don Juan Carlos’, pero ‘el rey Juan Carlos’ o ‘Juan Carlos I’).

 

8.7. Para el Rey y la Reina puede utilizarse igualmente, a partir de la segunda referencia, el tratamiento de majestad (‘su majestad’) y para el príncipe de Asturias, las infantas y demás miembros de la familia real, el de alteza o alteza real (‘su alteza real’), también a partir de la segunda referencia. En ningún caso se escribirán dos tratamientos juntos: ‘El príncipe Felipe’, pero no ‘su alteza real el príncipe Felipe’. Véase también el apartado 8.10.

 

8.8. Todos estos tratamientos y dignidades se escribirán en minúsculas cuando precedan al nombre o al título (‘la reina Sofía’, ‘el príncipe Felipe’, ‘la infanta Elena’, ‘don Juan de Borbón’) o cuando formen parte de un título compuesto (‘el rey de España’, ‘el príncipe de Asturias’). Y con mayúscula inicial cuando se empleen solos (‘el Rey’, ‘el Monarca’, ‘Su Majestad’, ‘el Príncipe’, ‘la Infanta’).

 

8.9. El plural con mayúsculas iniciales sólo se usará para los Reyes: ‘Sus Majestades’; pero no para ‘las infantas’ o para ‘sus altezas reales’.

 

8.10. De cualquier forma, debe evitarse la innecesaria acumulación de tratamientos y títulos (‘su majestad el Rey’, ‘don Juan Carlos I de España’, ‘el rey don Juan Carlos I de España’ y otras combinaciones posibles), salvo que se trate de una cita textual o que se pretenda precisamente dar cierto énfasis o solemnidad a la mención.

 

8.11. Esta norma cabe aplicarla igualmente a las demás familias reinantes, pero sólo cuando se cite en un mismo texto a uno de sus miembros junto a otro de la española: ‘los reyes de España e Inglaterra’, ‘el rey Juan Carlos y la reina Isabel’.

 

8.12. La mayúscula inicial está reservada a los miembros de la familia real española en tanto que referidos individualmente (‘el Rey’, ‘la Princesa’, ‘la Infanta’); no así para los miembros de otras casas reales: ‘El pueblo de Londres aclama a la reina’, ‘el Rey [por Juan Carlos I] y la reina [por Isabel II] saludaron desde el balcón’.

 

8.13. Sea como fuere, los tratamientos y títulos jamás se escribirán en forma abreviada: ‘don Felipe’, y no ‘D. Felipe’; ‘Sus Majestades’, y no ‘SS MM’.

 

8.14. Como excepción, los tratamientos del príncipe y las infantas pueden ser obviados en reportajes extensos en los que sean citados repetidamente con su título. Un reportaje sobre la infanta Elena y su afición al deporte, por ejemplo, puede incluir referencias en las que no se mencione el título, sino simplemente el nombre.

 

 

PROTOCOLO

 

8.15. En España y otros países, los expresidentes del Gobierno siguen recibiendo el tratamiento de ‘presidente’. En EL PAÍS se puede utilizar de ese modo, pero siempre que quede claro que se trata de una cortesía y no del cargo que desempeña.

 

8.16. En los actos oficiales, casi siempre son más noticia las ausencias que las asistencias, salvo las no previstas, y más la alteración que el cumplimiento del protocolo, el cual está reglamentado por el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado.

Salvo en estos casos, debe omitirse —por obvia— la fría y prolija relación de autoridades asistentes. En el caso de que se citen, el orden de protocolo establecido por el Real Decreto 2099/1983 (Boletín Oficial del Estado de 8 de agosto) es el siguiente:

— El Rey o la Reina.

— La Reina consorte o el consorte de la Reina.

— El príncipe o la princesa de Asturias.

— Los infantes de España.

— El presidente del Gobierno.

— El presidente del Congreso de los Diputados.

— El presidente del Senado.

— El presidente del Tribunal Constitucional.

— El presidente del Consejo General del Poder Judicial.

— Los vicepresidentes del Gobierno, según su orden.

— Los ministros del Gobierno, según su orden (en el caso de celebrarse el acto en el territorio de una comunidad autónoma, por delante de ellos va el presidente de esa comunidad).

— El decano del Cuerpo Diplomático y los embajadores extranjeros acreditados en España.

— Los expresidentes del Gobierno.

— Los presidentes de los Consejos de Gobierno de las comunidades autónomas (según la antigüedad de la publicación oficial de los correspondientes estatutos de autonomía y, en caso de coincidencia en esta fecha, por la antigüedad en el nombramiento oficial para el cargo).